Recuperar en las dos direcciones: subrogación y reclamaciones contra la empresa
Después de una colisión el dinero se mueve dos veces: hacia fuera cuando la aseguradora paga y de vuelta cuando recupera de quien fue responsable. Las pérdidas propias de la empresa viajan en ese segundo movimiento solo si alguien las mete.
Después de una colisión que la empresa no causó, el dinero se mueve dos veces. Se mueve hacia fuera cuando la aseguradora paga la reparación, y de vuelta cuando la aseguradora recupera lo que pagó de quien fue responsable. El segundo movimiento lo gestiona la aseguradora con cuidado para su propio desembolso y nadie para el de la empresa, y la diferencia son unos cuantos miles de paralización y vehículo de sustitución que se quedan calladamente donde cayeron.
El vocabulario que sigue es el que aparece en la correspondencia de recuperación. Conviene sostenerlo con precisión, porque la mayoría de los errores en esta materia los comete gente que entendió la carta de forma aproximada.
Los términos
Subrogación es la aseguradora colocándose en tu posición después de pagarte, para perseguir a la parte responsable usando los derechos que eran tuyos. No es una reclamación propia de la aseguradora: es tu reclamación, ejercida por ella, y por eso cualquier cosa que hagas para debilitarla le importa.
Pérdida no asegurada es lo que el incidente te costó y la póliza no pagó: la franquicia, la paralización, el vehículo de sustitución que financiaste, los salarios desaprovechados, el trabajo que no se hizo, todo lo excluido. Es recuperable de un tercero responsable por la vía ordinaria, y no está en la recuperación de la aseguradora salvo que se añada.
Renuncia a la subrogación es un compromiso, normalmente en un contrato comercial, de no perseguir a la otra parte por el daño que te cause, y por tanto de que tu aseguradora tampoco pueda. Aparece en arrendamientos, en acuerdos de base y de acceso a instalaciones, en contratos de alquiler y en condiciones de cliente.
Reserva de derechos es una carta de tu propia aseguradora que dice que tramitará el siniestro reservándose el argumento de que la póliza puede no cubrirlo. El expediente avanza; la cuestión de cobertura queda abierta. No es un rechazo y no es una aceptación, y está escrita así a propósito.
Deber de colaboración es la condición de la póliza que te obliga a asistir a la defensa, aportar documentos y comparecer cuando se te pida, y a no reconocer responsabilidad, transigir ni pagar sin el consentimiento de la aseguradora.
Bloqueo de conservación es una instrucción interna para detener el borrado rutinario de todo lo relevante desde el momento en que una reclamación es razonablemente previsible. Nada de eso es automático y, en una flota, casi todos los sistemas relevantes borran por ciclos.
La recuperación que funciona y la parte que no
Cuando otra parte fue responsable y tu aseguradora pagó primero, la aseguradora investiga, presenta la reclamación a la aseguradora contraria y la cierra, la reparte según la regla de imputación que se aplique donde ocurrió la colisión, o la abandona. Todo eso pasa sin intervención de la empresa, lo que es eficiente y es la razón por la que el punto siguiente se pierde con tanta constancia.
La aseguradora está recuperando su propio desembolso. Tu franquicia viaja con él, normalmente en proporción. Nada más viaja. La paralización, el alquiler, las horas extra, el reparto perdido y el coste interno de gestión son tuyos, son jurídicamente recuperables de un tercero responsable por la vía ordinaria, y la aseguradora que persigue su dinero no tiene instrucción, ni deber, ni motivo comercial para perseguir los tuyos.
Peor aún, la recuperación puede cerrar la puerta. Cuando una aseguradora cierra una recuperación en términos que liberan a la otra parte por la totalidad de la pérdida, la reclamación propia de la empresa frente a esa parte puede desaparecer con ella, extinguida en una negociación de la que no formó parte. Si eso ocurre, y si un acuerdo puede vincular pérdidas que la aseguradora nunca pagó, depende del condicionado y del derecho del lugar donde se reclamaría; este artículo no afirma ni lo uno ni lo otro, porque no ha leído ni lo uno ni lo otro. El documento que conviene guardar es la confirmación por escrito de la aseguradora de que la reclamación propia de la empresa frente a esa misma parte sobrevive a cualquier recuperación que ella cierre.
La instrucción que lo evita es corta y hay que darla pronto: comunicar a la aseguradora por escrito que la empresa tiene pérdidas no aseguradas, cuantificarlas, pedir que se incluyan en la recuperación o que se preserve el derecho de la empresa a perseguirlas por separado, y confirmar la posición antes de que se cierre cualquier recuperación. La imputación —si quien es parcialmente responsable recupera una cantidad reducida o no recupera nada— la fija la regla de negligencia del lugar de la colisión, y está en las reglas de tu jurisdicción más abajo.
Hay además un plazo, y no es el de la aseguradora. El plazo de prescripción de la reclamación contra la otra parte lo fija la ley, es distinto para daños materiales y para lesiones, y corre mientras todo el mundo da por hecho que el expediente está en marcha. Está en las reglas de tu jurisdicción más abajo.
La reclamación que llega en la otra dirección
Todo lo anterior supone que a la empresa le deben. El expediente difícil es el otro: la empresa como demandada, con una tercera persona lesionada, la familia de un empleado, el vehículo dañado de otra empresa, o una reclamación que llega a la empresa a través de su conductor.
Lo primero que cambia es quién habla. La dirección de la defensa pasa normalmente a la aseguradora, y del lado de la empresa eso significa un contacto único designado: no el conductor, no el jefe de base, no quien primero coja el teléfono del representante de la otra parte. Una explicación servicial de un responsable de operaciones es prueba, y una disculpa por escrito destinada a salvar una relación comercial puede ser un reconocimiento para el que la póliza exigía consentimiento.
Después la prueba deja de ser rutina. Telemática, grabaciones de cámara, historial de mantenimiento, expediente del conductor, el servicio asignado, el parte interno: cada cosa vive en un sistema con su propio ciclo de conservación, y esos ciclos se configuraron pensando en el coste de almacenamiento y no en un litigio. Un bloqueo emitido el día en que llega la reclamación, con una persona responsable y con cada sistema nombrado, es la diferencia entre un expediente defendible y un hueco sin explicación. Qué obliga a hacer la conservación de prueba una vez que la reclamación es previsible, y qué se sigue de la destrucción rutinaria a partir de ese momento, son cuestiones procesales con respuestas locales, y este artículo no las responde.
Y en el mismo correo llega la reserva de derechos, que es el documento que la empresa debería leer dos veces. Dice que la aseguradora te está defendiendo y que puede después negarse a indemnizarte: por un uso no declarado, por un conductor fuera de las condiciones de la póliza, por comunicación tardía o por cualquier otro argumento de cobertura. Desde que llega, la empresa y su aseguradora quieren cosas distintas sobre una parte del asunto, y la empresa tiene decisiones que tomar sobre su propia posición que los profesionales designados por la aseguradora no están ahí para tomar en su lugar. La carta de reserva llega además con frecuencia junto a mucho otro papel, que es la forma en que acaba archivada sin leer.
La misma asimetría aparece cuando una reclamación puede superar el límite de la póliza, porque el dinero que está por encima del límite es de la empresa y la exposición de la aseguradora se detiene ahí.
Lo que no podemos decirte
Si vale la pena perseguir tus pérdidas no aseguradas en tu caso. Eso depende de la regla de imputación, de que la otra parte esté asegurada y sea solvente, del tamaño de la pérdida frente al coste de perseguirla, y de cuánta paralización puedas documentar de verdad, que es casi siempre la restricción que manda, porque el registro de lo que un vehículo estaba facturando no lo guarda nadie por defecto.
Y si una reserva de derechos acabará en una negativa de cobertura. Nadie puede decirlo en el momento en que llega, incluida la persona que la firmó. Lo que la empresa puede hacer en ese momento es leer el motivo alegado, contestarlo con documentos si es equivocado, y dejar de suponer que la defensa que se conduce en su nombre es una defensa de toda su posición.
Reglas en tu jurisdicción
Los plazos, las reglas de culpa y las coberturas mínimas cambian según el país o estado. Elige el tuyo para ver las reglas que aplican a este tema.
Elige una jurisdicción para ver sus reglas.
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La regla de culpa compartida de Alaska ocupa una sola frase y no contiene ningún porcentaje ni ninguna barrera: «En una acción basada en la culpa que pretenda la indemnización de daños por lesión o muerte de una persona o por daño a bienes, la culpa concurrente imputable al reclamante reduce proporcionalmente el importe concedido como daños compensatorios por la lesión atribuible a la culpa concurrente del reclamante, pero no impide la recuperación» (§ 09.17.060, de § 1 ch 139 SLA 1986). «Pero no impide la recuperación» es toda la regla, de modo que quien tiene el noventa por ciento de la culpa recupera todavía una décima parte. También se prescribe la mecánica: el tribunal «instruirá al jurado para que responda interrogatorios especiales» que indiquen «el importe de los daños que cada reclamante tendría derecho a recuperar si se prescindiera de la culpa concurrente» y «el porcentaje de la culpa total que se asigna a cada reclamante, demandado, demandado de tercería, persona liberada de responsabilidad u otra persona responsable», debiendo el juzgador ponderar «tanto la naturaleza de la conducta de cada persona culpable como el alcance de la relación causal entre la conducta y los daños reclamados» (§ 09.17.080(a) y (b)). ALASKA HA ABOLIDO LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, Y ESA ES LA CONSECUENCIA QUE UN RECLAMANTE DEBE PREVER: «El tribunal dictará sentencia contra cada parte responsable sobre la base de la responsabilidad mancomunada, conforme al porcentaje de culpa de esa parte» (§ 09.17.080(d)), así que quien demanda a uno de dos conductores culpables cobra la cuota de ese conductor y nada más, y la culpa se asigna también a las personas que ya han transigido o han sido liberadas. El reparto opera además sobre una definición legal de culpa más amplia que la negligencia: «la “culpa” incluye actos u omisiones que sean en cualquier medida negligentes, temerarios o intencionales … El término incluye también el incumplimiento de garantía, la asunción irrazonable del riesgo que no constituya consentimiento expreso exigible, el uso indebido de un producto … y la falta irrazonable de evitar una lesión o de mitigar los daños» (§ 09.17.900), por lo que la conducta del reclamante posterior al choque también es imputable, no solo su forma de conducir. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Dos años, y los dos plazos de Alaska están en UNA SOLA FRASE DE UNA SOLA SECCIÓN: «Salvo que la ley disponga otra cosa, nadie podrá ejercitar una acción … (3) por tomar, retener o dañar bienes muebles, incluida la acción para su recuperación específica … si la acción no se interpone dentro de dos años desde el nacimiento de la acción» (§ 09.10.070(a)(3), historia «§ 1.07 ch 101 SLA 1962; am § 1 ch 70 SLA 1996; am § 6 ch 26 SLA 1997»). Un vehículo dañado es un bien mueble según el propio apartado. ATENCIÓN AL MOMENTO INICIAL: la ley hace correr el plazo desde el NACIMIENTO de la acción y no desde el choque, con sus propias palabras, y el campo Period.from no puede representarlo, así que se consigna aquí en lugar de aplanarlo. Alaska es un estado de reloj único para una colisión, como Washington y Ohio. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años, de la misma frase de la misma sección: «nadie podrá ejercitar una acción … (2) por lesión personal o muerte, o por lesión a los derechos de otro que no nazca de contrato y no esté prevista específicamente de otro modo … si la acción no se interpone dentro de dos años desde el nacimiento de la acción» (§ 09.10.070(a)(2)). El propio epígrafe de la sección dice «Acciones por hechos ilícitos, por daño a bienes muebles, por ciertas responsabilidades legales … a ejercitar en dos años». Igual que en el plazo de daños materiales, el momento inicial que nombra la ley es el NACIMIENTO de la acción, no la fecha de la colisión. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Tres años sobre la póliza, y Alaska INVIERTE el patrón habitual: el plazo contractual solo supera en un año al extracontractual, cuando en la mayoría de los estados es mucho más largo: «Si la acción no se interpone dentro de tres años, nadie podrá ejercitar una acción sobre un contrato o una obligación, expresa o implícita, salvo lo previsto en AS 09.10.040, o según disponga otra ley, o salvo que las disposiciones de esta sección se renuncien por contrato» (§ 09.10.053). LAS PALABRAS FINALES SON LA TRAMPA, Y SON LA RAZÓN POR LA QUE ESTA CIFRA NO DEBE LEERSE COMO UN MÍNIMO: los tres años se aplican «salvo que las disposiciones de esta sección se renuncien por contrato», de modo que la cláusula de demanda de una póliza de Alaska puede acortar el plazo, y el § 09.10.053 no dice en cuánto. Si alguna ley de Alaska fija un plazo mínimo para tal cláusula no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí: los §§ 21.42.160, 21.42.170 y 21.42.175 se leyeron íntegros y no contienen ningún mínimo, pero no fue posible una búsqueda a texto completo del título 21, por lo que NO se afirma que ese mínimo no exista. |
| Regulador | Alaska Division of Insurance, Department of Commerce, Community, and Economic Development |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Alaska →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura Cuando dos o más personas tienen culpa, «the liability to make good the damage or loss is in proportion to the degree in which each person was at fault but if, having regard to all the circumstances of the case, it is not possible to establish different degrees of fault, the liability shall be apportioned equally», y nada hace responder a una persona por un daño «to which the person’s fault has not contributed» (Contributory Negligence Act, s. 1). La recuperación del daño al vehículo ante tu propia aseguradora se gradúa, en cambio, por las reglas de determinación de culpa reglamentarias (Insurance Act, s. 585.1(4)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [4] Rigen el mismo plazo de dos años desde el descubrimiento y el mismo límite último de diez años, según cuál expire primero (Limitations Act, s. 3(1)). El plazo último de diez años de Alberta es más corto que los quince de Columbia Británica, Manitoba y Saskatchewan. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [4] Dos años desde el día en que quien reclama supo por primera vez, o debió saber, que el daño había ocurrido, que era atribuible a la conducta del demandado y que justifica iniciar un proceso; o diez años desde que nació la reclamación, según cuál expire primero (Limitations Act, s. 3(1)). Conviene fijarse en la redacción de Alberta: la ley no extingue la reclamación, sino que concede al demandado «immunity from liability» si la invoca. |
| Regulador | Government of Alberta — automobile insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Alberta →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La responsabilidad por los daños causados por la circulación de vehículos es objetiva (Código Civil y Comercial arts. 1757 y 1769) y «puede ser excluida o limitada por la incidencia del hecho del damnificado en la producción del daño» (art. 1729): el hecho de la propia víctima reduce, o en un caso extremo excluye, la indemnización. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [1] «El reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los tres años» (Código Civil y Comercial art. 2561); las reglas generales del código rigen desde cuándo corre el plazo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde la reclamación [2] Las acciones fundadas en el contrato de seguro prescriben en un año desde que la obligación es exigible (Ley 17.418 art. 58); los actos del procedimiento de liquidación del daño la interrumpen. |
| Regulador | Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Argentina →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La negligencia contributiva y la asunción del riesgo reducen, nunca impiden: «the claimant’s action is not barred, but the full damages shall be reduced in proportion to the relative degree of the claimant’s fault which is a proximate cause of the injury or death». En toda la sección no aparece ningún umbral porcentual; la única excepción es de conducta y no de cifra, porque no hay derecho a negligencia comparativa «in favor of any claimant who has intentionally, wilfully or wantonly caused or contributed to the injury or wrongful death» (A.R.S. § 12-2505(A)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] La misma enumeración de dos años abarca el «trespass for injury done to the estate or the property of another» y el «taking or carrying away the goods and chattels of another» (A.R.S. § 12-542(3)–(4)), de modo que el daño al vehículo prescribe junto con la reclamación por lesiones. El plazo de tres años del § 12-543 se leyó y no está disponible: esa sección trata de la deuda verbal, de las cuentas abiertas y del remedio por fraude o error. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años desde el nacimiento de la acción «for injuries done to the person of another», y para las lesiones «when death ensues from such injuries, which action shall be considered as accruing at the death of the party injured» (A.R.S. § 12-542(1)–(2)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [3] Es un suelo sobre lo que la póliza puede imponer, no un plazo legal de prescripción: el § 20-1115(A)(3) anula toda cláusula «limiting the time within which an action may be brought to a period of less than two years from the time the cause of action accrues» en seguros distintos de los de daños y de los marítimos y de transporte, donde el suelo es de un año, y el § 20-1115(A)(2) anula toda cláusula que impida demandar pasados seis meses desde el nacimiento de la acción. El plazo operativo es el que diga la póliza, nunca inferior a ese suelo. El § 12-548(A)(1) concede seis años sobre «a contract in writing that is executed in this state», pero la sección habla de una acción por deuda, y si ese encuadre alcanza a toda acción de primera parte sobre la póliza no se ha verificado contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Regulador | Arizona Department of Insurance and Financial Institutions (DIFI) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Arizona →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura En las acciones que subsisten —el daño al vehículo y las estrechas excepciones en materia de lesiones— la responsabilidad «is in proportion to the degree to which each person was at fault», se reparte «equally» cuando no es posible establecer grados distintos y nunca alcanza el daño al que la culpa de una persona no contribuyó (Negligence Act, s. 1). Las definiciones de esa ley incluyen los procedimientos ante el Civil Resolution Tribunal, donde de hecho se resuelven muchas disputas por daños al vehículo. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] Dos años desde el descubrimiento (Limitation Act, s. 6(1)); la reclamación se descubre el primer día en que la persona supo o razonablemente debió saber que hubo daño, que lo causó un acto u omisión, de quién fue ese acto y que un proceso sería el remedio adecuado (s. 8), con un límite último de quince años desde el acto u omisión (s. 21(1)). Es el plazo que importa para el daño al vehículo, ya que la acción por lesiones desapareció. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde el accidente [1] Es la fecha más peligrosa de la provincia, y la mitad del plazo general: la acción «by an insured against the corporation in respect of benefits, insurance money or indemnification payable under the plan must be commenced within one year after the happening of the loss or damage or after the cause of action arose, or as the regulations may provide in the case of any coverage, but not afterwards» (Insurance (Vehicle) Act, s. 17). No trasladar los dos años de la Limitation Act a una reclamación contra ICBC sobre el plan. El contrato opcional es distinto: su propia condición legal concede dos años desde el hecho (Insurance (Vehicle) Regulation, Anexo, condición 8(3)). |
| Regulador | BC Financial Services Authority (BCFSA) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Columbia Británica →
| Regla de culpa compartida | Pendiente de verificación |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] |
| Regulador | California Department of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en California →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura «La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente» (Código Civil art. 2330). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [1] Las acciones por daño o dolo de este título prescriben en cuatro años desde la perpetración del acto (Código Civil art. 2332). |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [1] |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 4 años desde la reclamación [2] Las acciones emanadas del contrato de seguro prescriben en cuatro años desde que se hizo exigible la obligación; la prescripción contra el asegurado se interrumpe con la denuncia del siniestro y el nuevo plazo corre desde que el asegurador comunica su decisión (Código de Comercio art. 541). |
| Regulador | Comisión para el Mercado Financiero (CMF) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Chile →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura «La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente» (Código Civil art. 2357); ningún umbral impide recuperar. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [1] Las acciones de reparación contra terceros responsables prescriben en tres años desde el acto (Código Civil art. 2358, inc. 2); contra quien sea punible por el delito o la culpa, en los términos del Código Penal para la pena principal (inc. 1). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] Misma regla de tres años del art. 2358 para la acción civil contra terceros responsables. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde que se conoció el daño [2] Prescripción ordinaria de las acciones del contrato de seguro: dos años desde que el interesado tuvo o debió tener conocimiento del hecho; extraordinaria de cinco años desde que nace el derecho, contra toda clase de personas (Código de Comercio art. 1081). |
| Regulador | Superintendencia Financiera de Colombia |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Colombia →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) Colorado excluye justo a la mitad. La recuperación solo subsiste «if such negligence was not as great as the negligence of the person against whom recovery is sought», y cuando la proporción del reclamante «is equal to or greater than the negligence of the person against whom recovery is sought, then, in such event, the court shall enter a judgment for the defendant» (C.R.S. § 13-21-111(1), (3)). Quien resulte responsable en exactamente el 50 % no recupera nada. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] Un solo apartado cubre las dos partidas: «All tort actions for bodily injury or property damage arising out of the use or operation of a motor vehicle» deben interponerse en tres años, «regardless of the theory upon which suit is brought, or against whom suit is brought» (C.R.S. § 13-80-101(1)(n)(I), añadido con efectos del 1 de julio de 1994). Desplaza el plazo general de dos años y no alcanza las reclamaciones por responsabilidad objetiva o por falta de advertencia, que tienen su propia sección. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] El mismo apartado y los mismos tres años, contados «after the cause of action accrues»: la sección no fija regla de nacimiento de la acción y, en un choque, nacimiento y colisión suelen coincidir (C.R.S. § 13-80-101(1)(n)(I)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Las acciones contractuales también prescriben a los tres años en Colorado (C.R.S. § 13-80-101(1)(a)), de modo que la acción sobre la póliza no dura más que la acción por el choque; el § 13-80-103.5 excluye determinados instrumentos y no se leyó, y la sección no fija regla de nacimiento de la acción. Las reclamaciones por conductor sin seguro o infraasegurado tienen su propia sección: tres años desde el nacimiento de la acción, ampliables a «two years after the insured knows that the particular tortfeasor is not covered by any applicable insurance» si la acción subyacente se interpuso a tiempo, con un suelo, «in no event shall the insured have less than three years» (§ 13-80-107.5(1)). |
| Regulador | Colorado Division of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Colorado →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La culpa contributiva «shall not bar recovery … if the negligence was not greater than the combined negligence of the person or persons against whom recovery is sought», incluidas las personas que hayan transigido o sido liberadas, y la indemnización «shall be diminished in the proportion of the percentage of negligence attributable to the person recovering» (Conn. Gen. Stat. § 52-572h(b)). La comparación se hace contra la suma de todos los demandados, no contra uno solo, y quien tiene exactamente el 50 % recupera todavía la mitad. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [4] Una sola sección cubre las dos partidas: «two years from the date when the injury is first sustained or discovered or in the exercise of reasonable care should have been discovered», tanto para las lesiones como para los bienes muebles (Conn. Gen. Stat. § 52-584). En un choque ambas fechas suelen coincidir, pero la ley cuenta desde el descubrimiento y no desde la colisión. Hay un muro exterior que la diligencia no salva: «no such action may be brought more than three years from the date of the act or omission complained of». |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [4] El mismo § 52-584, y es la sección en la que hay que confiar: el plazo general extracontractual de Connecticut es de tres años desde el acto (§ 52-577), pero la remisión que imprime la propia compilación envía la reclamación por negligencia por lesiones o daños al § 52-584 y a sus dos años. Publicar tres le costaría el caso al reclamante. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [1] Un suelo legal sobre el reloj de la propia póliza, y es más largo que la reclamación contra el otro conductor: ninguna aseguradora «may limit the time within which any suit may be brought against it or any demand for arbitration on a claim may be made on the uninsured or underinsured motorist provisions of an automobile liability insurance policy to a period of less than three years from the date of accident» (§ 38a-336(g)(1)). El plazo solo se suspende haciendo dos cosas: avisar por escrito a la aseguradora antes de que venza y demandar o pedir arbitraje «not more than one hundred eighty days from the date of exhaustion» de los límites del otro conductor. La acción sobre la póliza como contrato escrito prescribe a los seis años desde el nacimiento de la acción (§ 52-576(a)); si una póliza de automóvil de Connecticut puede pactar un plazo más corto en una reclamación distinta de las prestaciones por conductor sin seguro o infraasegurado no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | Connecticut Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Connecticut →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La ley comparativa de Delaware es una sola frase y la barrera solo opera POR ENCIMA de la cuota del demandado: «En todas las acciones ejercitadas para obtener la indemnización de daños por negligencia que cause muerte o lesión a personas o bienes, el hecho de que el demandante haya podido incurrir en negligencia concurrente no impedirá su recuperación … cuando esa negligencia no fuera mayor que la negligencia del demandado o que la negligencia combinada de todos los demandados contra los que se reclama, pero la indemnización que se conceda se reducirá en proporción a la negligencia atribuida al demandante» (§ 8132, de 64 Del. Laws, c. 384, § 1; 70 Del. Laws, c. 186, § 1). «No mayor que» es la forma del 51 %, de modo que UN CHOQUE REPARTIDO AL CINCUENTA POR CIENTO EN DELAWARE RECUPERA LA MITAD, la misma forma que Iowa, Virginia Occidental y Hawái, y la contraria a Kansas y Nebraska, donde una cuota igual no recupera nada. Atención al denominador: la comparación se hace con «la negligencia combinada de todos los demandados contra los que se reclama» y no con cada demandado por separado, lo que cambia el resultado en un choque con varios demandados y que ningún resumen indica. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Dos años para un vehículo dañado, en su PROPIA sección y con su PROPIA regla de cómputo: «No podrá ejercitarse ninguna acción de indemnización por muerte por culpa ajena o por daño a bienes muebles después de transcurridos 2 años desde el nacimiento de la acción» (§ 8107). LOS DOS PLAZOS DE DELAWARE TIENEN LA MISMA DURACIÓN PERO NO COMPARTEN SECCIÓN NI MOMENTO INICIAL —este corre desde el nacimiento de la acción, mientras que el § 8119 hace correr el plazo de lesiones desde la fecha en que se alega que se sufrieron—, así que se publican por separado con sus propios localizadores en lugar de reducirse a «dos años para todo». |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años para la lesión corporal, y la fórmula de cómputo es inusualmente rotunda: «No podrá ejercitarse ninguna acción de indemnización por una reclamación de presuntas lesiones personales después de transcurridos 2 años desde la fecha en que se alega que se sufrieron esas presuntas lesiones; con sujeción, no obstante, a lo previsto en el § 8127 de este título» (§ 8119, historia «20 Del. Laws, c. 594, § 1; Code 1915, § 4675; Code 1935, § 5133; 10 Del. C. 1953, § 8118; 52 Del. Laws, c. 339, § 2; 57 Del. Laws, c. 568, § 3»). EL PLAZO CORRE DESDE LA FECHA EN QUE SE ALEGA QUE SE SUFRIERON LAS LESIONES, no desde su descubrimiento, de modo que Period.from «accident» es correcto para las reclamaciones por lesiones de Delaware de un modo que no lo es para todos los estados de este conjunto de datos. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Tres años sobre la póliza, como «acción basada en una promesa»: «No podrá ejercitarse ninguna acción de indemnización por intromisión, … ninguna acción basada en una promesa, ninguna acción basada en una ley y ninguna acción de indemnización por un daño no acompañado de fuerza o resultante indirectamente del acto del demandado después de transcurridos 3 años desde el nacimiento de la acción; con sujeción, no obstante, a lo previsto en los §§ 8108-8110, 8119 y 8127 de este título» (§ 8106(a)). Un año más que cualquiera de los plazos extracontractuales, la misma inversión que tiene Alaska. EN DELAWARE EXISTE UN MÍNIMO PARA LA CLÁUSULA DE DEMANDA DE UNA PÓLIZA, PERO SU ALCANCE A UNA PÓLIZA DE AUTOMÓVIL NO ESTÁ ACREDITADO Y NO SE AFIRMA AQUÍ: el § 8106(b) dispone que «un contrato de seguro de daños sujeto al subcapítulo III del capítulo 41 del título 18: (1) No podrá exigir que la acción por una reclamación formulada al amparo del contrato se presente antes de 1 año desde la fecha en que la aseguradora denegó la reclamación», un anclaje inusualmente favorable al reclamante porque corre desde la DENEGACIÓN y no desde la pérdida; pero si una póliza de automóvil de turismo privado es tal contrato depende de un subcapítulo que no se leyó, lo que no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Regulador | Delaware Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Delaware →
| Regla de culpa compartida | Pendiente de verificación |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 meses desde el accidente [1] La acción en responsabilidad civil cuasidelictual prescribe a los seis meses desde que nace, salvo que la ley fije expresamente un plazo mayor (Código Civil art. 2271, párrafo). |
| Plazo para demandar por lesiones | 6 meses desde el accidente [1] Misma regla de seis meses para la acción civil contra el conductor responsable; no se computa el tiempo en que la acción sea legal o judicialmente imposible. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [2] Prescripción extintiva desde la fecha del siniestro para cualquier acción contra el asegurador: dos años para el asegurado o los beneficiarios, tres años para los terceros (Ley 146-02 art. 47). |
| Regulador | Superintendencia de Seguros de la República Dominicana |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en República Dominicana →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura Culpa concurrente: la indemnización se reduce «en la medida que el tribunal considere justa y equitativa atendiendo a la parte de responsabilidad del demandante en el daño» (Law Reform (Contributory Negligence) Act 1945, s. 1(1)). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [1] Acciones fundadas en responsabilidad extracontractual (Limitation Act 1980, s. 2). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años desde que nació la acción o, si es posterior, desde la fecha de conocimiento del lesionado (Limitation Act 1980, s. 11(4)). |
| Regulador | Financial Conduct Authority (conduct) · Financial Ombudsman Service (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Inglaterra y Gales →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) En una acción por negligencia «cualquier parte declarada responsable en más del 50 por ciento de su propio daño no puede recuperar indemnización alguna»; por debajo, la indemnización se reduce en proporción (Fla. Stat. § 768.81(2), (6), modificado por el cap. 2023-15). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [3] La acción fundada en negligencia debe interponerse en dos años (§ 95.11(5)(a)); la acción por daño a bienes muebles tiene cuatro (§ 95.11(3)(g)). Cuál rige una reclamación por negligencia por daños al vehículo tras la reforma de 2023 no lo resuelve el texto de la ley, así que esta página usa el plazo más corto. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] «(5) WITHIN TWO YEARS.— (a) An action founded on negligence.» (§ 95.11(5)(a), modificado por el cap. 2023-15). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [3] Acción sobre un contrato fundado en instrumento escrito: cinco años (§ 95.11(2)(b)). |
| Regulador | Florida Office of Insurance Regulation (regulation) · Department of Financial Services, Division of Consumer Services (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Florida →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) Superado el umbral extracontractual, la culpa compartida se rige por una ley de 1969 que no se ha modificado desde 1976: «La negligencia concurrente no impedirá la indemnización en ninguna acción de ninguna persona … por daños derivados de negligencia que cause muerte o lesión a personas o bienes, si esa negligencia no fue mayor que la negligencia de la persona o, en caso de más de una, que la negligencia agregada de las personas contra las que se reclama, pero la indemnización que se conceda se reducirá en proporción a la negligencia atribuible a la persona por cuya lesión, daño o muerte se reclama» (§ 663-31(a)). «No mayor que» es la forma del 51 %, de modo que un choque repartido al cincuenta por ciento recupera la mitad, y la comparación se hace con la negligencia AGREGADA de todos los demandados y no con cada uno. También se prescribe la mecánica, no solo la regla: en un juicio con jurado, este «emitirá un veredicto especial» que indique la indemnización que habría sido recuperable sin negligencia concurrente y «el grado de negligencia de cada parte, expresado en porcentaje»; el tribunal reduce entonces la indemnización proporcionalmente y dicta sentencia a favor del demandado cuando la proporción del reclamante es mayor que la negligencia agregada de los demandados (§ 663-31(b) y (c)). «El tribunal instruirá al jurado sobre el derecho de la negligencia comparativa cuando proceda» (§ 663-31(d)). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] DOS AÑOS, PERO NO SIMPLEMENTE «DOS AÑOS DESDE EL CHOQUE»: el campo Period.from no puede representar la regla por sí solo, y la regla es esta: «Ninguna demanda derivada de un accidente de vehículo de motor podrá interponerse en vía extracontractual más allá del MÁS TARDÍO de: (1) dos años desde la fecha del accidente de vehículo de motor en que se funda la reclamación; (2) dos años desde la fecha del último pago de prestaciones del seguro de vehículo de motor o de coberturas adicionales opcionales; o (3) dos años desde la fecha del último pago de prestaciones de accidentes de trabajo o de asistencia pública derivadas del accidente» (§ 431:10C-315(b)). Es una ley especial situada dentro del artículo sin culpa y rige toda demanda extracontractual derivada de un accidente de tráfico de Hawái, de modo que el plazo puede correr desde el último pago de PRESTACIONES y no desde la colisión, lo que resulta bastante más largo para quien cobró prestaciones durante un año. El plazo general de dos años por «daño o lesión a personas o bienes» del § 657-7 aporta la duración; el § 431:10C-315 aporta la estructura. Toda descripción que dé los dos años lisos del § 657-7 para una reclamación de tráfico de Hawái está describiendo la ley equivocada. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] La misma regla del «más tardío de» del § 431:10C-315(b) rige la reclamación por lesiones, y es en el lado de las lesiones donde más muerde: dos años desde el accidente, O dos años desde el último pago de prestaciones del seguro de vehículo de motor o de coberturas adicionales opcionales, O dos años desde el último pago de prestaciones de accidentes de trabajo o de asistencia pública derivadas del accidente, el que sea más tardío. En todo caso, la acción extracontractual de Hawái solo está disponible una vez superado el umbral del § 431:10C-306(b). La regla general de dos años del § 657-7 corre «desde que nació la acción» y aporta la duración, no el momento inicial. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [2] Dos años sobre un «más tardío de» de CINCO SUPUESTOS, y es la estructura de prescripción de primera parte más favorable al reclamante de este conjunto de datos: «Ninguna demanda podrá interponerse sobre un contrato que otorgue prestaciones de seguro de vehículo de motor ni sobre un contrato que otorgue cobertura adicional opcional más allá del más tardío de: (1) dos años desde la fecha del accidente de vehículo de motor en que se funda la reclamación; (2) dos años desde el último pago de prestaciones del seguro de vehículo de motor; (3) dos años desde el dictado de una resolución arbitral firme; (4) dos años desde el dictado de sentencia firme en, o el sobreseimiento con efecto de cosa juzgada de, una acción extracontractual derivada de un accidente de vehículo de motor, cuando de esa acción nace una acción por mala fe de la aseguradora; o (5) dos años desde el pago de la cobertura de responsabilidad, para las reclamaciones por infraaseguramiento» (§ 431:10C-315(a)). El quinto supuesto es el que el lector necesita: en Hawái, el plazo de la reclamación por infraaseguramiento empieza cuando paga la aseguradora del conductor culpable, no cuando ocurrió el choque. |
| Regulador | Hawaii Insurance Division, Department of Commerce and Consumer Affairs |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Hawái →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) La barrera de Idaho opera en la igualdad, no por encima de ella: «La negligencia concurrente o la responsabilidad comparativa no impedirá la recuperación en una acción de cualquier persona … para obtener la indemnización de daños por negligencia, negligencia grave o responsabilidad comparativa que causen la muerte o lesión a personas o bienes, si esa negligencia o responsabilidad comparativa NO FUE TAN GRANDE COMO la negligencia, la negligencia grave o la responsabilidad comparativa de la persona frente a la que se reclama, pero toda indemnización que se conceda se reducirá en la proporción del importe de negligencia o responsabilidad comparativa atribuible a quien recupera» (§ 6-801). «No tan grande como» es la forma del 50 % en la convención de este conjunto de datos, así que UN CHOQUE REPARTIDO AL CINCUENTA POR CIENTO EN IDAHO NO RECUPERA NADA. PERO EL PORCENTAJE POR SÍ SOLO ENGAÑA, Y EL § 6-803(3) ES LA FRASE QUE TODO RESUMEN OMITE. Nótese primero que el § 6-801 compara al reclamante con «la persona frente a la que se reclama», en singular. El § 6-803(3) dice entonces cómo se hace: «La doctrina de derecho común de la responsabilidad solidaria queda limitada por la presente a las acciones enumeradas en el apartado (5) de esta sección. En toda acción en que el juzgador de los hechos atribuya el porcentaje de negligencia o de responsabilidad comparativa a las personas relacionadas en un veredicto especial, el tribunal dictará sentencia separada contra cada parte cuya negligencia o responsabilidad comparativa exceda de la atribuida a quien recupera. La negligencia o la responsabilidad comparativa de cada una de esas partes se compara INDIVIDUALMENTE con la negligencia o la responsabilidad comparativa de quien recupera», y la sentencia contra cada una se dicta «por un importe igual a la cuota proporcional de cada parte». Así, un reclamante con el 30 % de culpa frente a dos demandados con el 35 % cada uno recupera de ambos, mientras que UN RECLAMANTE CON EL 40 % DE CULPA FRENTE A DOS DEMANDADOS CON EL 30 % CADA UNO NO RECUPERA DE NINGUNO, aunque los demandados juntos tuvieran más culpa que él. La responsabilidad solidaria subsiste solo «cuando actuaran de forma concertada o cuando una persona actuara como agente o dependiente de otra parte», y «actuar de forma concertada» significa «perseguir un plan o designio común que desemboque en la comisión de un acto ilícito intencional o temerario» (§ 6-803(5)). El veredicto especial que reparte porcentajes es discrecional para el tribunal, pero obligatorio en cuanto se pide: el tribunal «podrá, y cuando lo solicite cualquier parte deberá, ordenar al jurado que emita veredictos especiales separados», y la reducción es entonces deber aritmético del tribunal y no del jurado (§ 6-802), regla más suave que el § 663-31(b) de Hawái, que exige el veredicto especial sin más. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] Tres años, y el apartado que los concede es la vieja cláusula de «trover» y «replevin» y no algo que mencione vehículos: «Responsabilidades legales, allanamiento, apropiación, reivindicación y fraude. Dentro de tres (3) años: … 3. La acción por tomar, retener o dañar bienes o efectos muebles, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles» (§ 5-218(3)). IDAHO ES UN ESTADO DE DOS RELOJES Y LA DIVISIÓN CORRE AL REVÉS QUE LA DE MONTANA —dos años para el cuerpo, tres para el coche—, que es lo que más se confunde. El § 27-2-207 de Montana concede dos años para el vehículo y tres para la persona, de modo que los dos estados vecinos son imágenes especulares y quien generalice de uno al otro perderá un plazo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años, y LA FRASE SOBRE EL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN ES LA OPERATIVA PARA LA VÍCTIMA DE UN CHOQUE: «Acciones contra funcionarios, por sanciones, sobre fianzas y por negligencia profesional o por lesiones personales. Dentro de dos (2) años: … 4. La acción para obtener indemnización por negligencia profesional, o por lesión a la persona, o por la muerte de alguien causada por acto ilícito o descuido de otro … pero en todas las demás acciones, nazcan de negligencia profesional o de otra causa, SE ENTENDERÁ QUE LA ACCIÓN NACIÓ EN EL MOMENTO DEL HECHO, ACTO U OMISIÓN DE QUE SE TRATE, Y EL PLAZO NO SE PRORROGARÁ POR RAZÓN DE CONSECUENCIAS O DAÑOS CONTINUADOS DERIVADOS DE ELLO» (§ 5-219(4)). Idaho lo dice expresamente en lugar de dejarlo a la jurisprudencia, así que el reloj corre desde el choque y una lesión que empeora no lo reinicia. NO SE PUBLICA REGLA DE DESCUBRIMIENTO PARA LA LESIÓN CORPORAL EN IDAHO: las excepciones de descubrimiento del mismo párrafo se limitan al cuerpo extraño olvidado y al ocultamiento fraudulento por quien mantiene una relación profesional o comercial, y ninguna alcanza a una colisión ordinaria. Nótese además el contraste con Vermont, cuyo § 512(4) ancla sus tres años a «la fecha del descubrimiento de la lesión» en el propio texto: los dos estados difieren en el desencadenante además de en la duración. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [4] Cinco años para demandar sobre la póliza, que es un instrumento escrito: «Acción sobre contrato escrito. Dentro de cinco (5) años: La acción sobre cualquier contrato, obligación o responsabilidad fundada en un instrumento escrito» (§ 5-216). DOS SALVEDADES VIAJAN CON LA CIFRA EN LUGAR DE OCULTARSE. Ninguna ley de Idaho leída para esta fila fija un plazo más corto para una reclamación de primera parte de automóvil, y NO SE EXAMINÓ LA CLÁUSULA DE PLAZO PARA DEMANDAR DE LA PROPIA PÓLIZA, de modo que una cláusula contractual puede acortarlo. Y el § 41-1839 no responde a esta pregunta: aporta un plazo de pago de treinta días con una consecuencia en costas, no un plazo de prescripción. |
| Regulador | Idaho Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Idaho →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) El demandante no recupera «si el juzgador concluye que su culpa contributiva es superior al 50 % de la causa próxima»; si no, la indemnización se «reduce en proporción a la culpa atribuible al demandante» (735 ILCS 5/2-1116). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde el accidente [1] Acciones «para recuperar daños causados a bienes, inmuebles o muebles»: cinco años desde que nació la acción (735 ILCS 5/13-205). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] «Las acciones por lesiones a la persona … se iniciarán en los 2 años siguientes al nacimiento de la acción» (735 ILCS 5/13-202). |
| Regulador | Illinois Department of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Illinois →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La culpa contributiva «diminishes proportionately the amount awarded as compensatory damages … but does not bar recovery except as provided in section 6», y la sección 6 excluye la reclamación cuando la culpa del reclamante «is greater than the fault of all persons whose fault proximately contributed to the claimant’s damages» (Ind. Code §§ 34-51-2-5, 34-51-2-6). La instrucción al jurado lo expresa en cifras —por encima del 50 % la reclamación fracasa; con exactamente el 50 % se recupera la mitad (§ 34-51-2-8(b)(2)–(3))— y la comparación incluye a quienes no son parte, de modo que una cuota atribuida a alguien a quien nunca se demandó cuenta igualmente frente al reclamante. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Una sección, un plazo y las dos partidas: la acción por «injury to person or character» o «injury to personal property» «must be commenced within two (2) years after the cause of action accrues» (Ind. Code § 34-11-2-4(a)). La sección no fija regla de nacimiento de la acción, de modo que los dos años suelen contarse desde el choque, pero el texto no lo dice. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] El mismo § 34-11-2-4(a), y solo su apartado (a): los apartados (b) a (d) son una ampliación para abusos sexuales a menores y nada tienen que ver con una reclamación de tráfico. |
| Regulador | Indiana Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Indiana →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) Reducción, no exclusión, hasta que el reclamante cargue con más culpa que todos los demás juntos: «La culpa concurrente no impedirá la indemnización en una acción del reclamante por daños derivados de culpa que cause muerte o lesión a personas o bienes, salvo que el reclamante cargue con un porcentaje de culpa mayor que el porcentaje combinado atribuido a los demandados, a los demandados en tercería y a las personas liberadas conforme a la sección 668.7, pero la indemnización que se conceda se reducirá en proporción a la culpa atribuible al reclamante» (§ 668.3(1)(a)). «Mayor que» es la forma del 51 %: quien tenga exactamente la mitad de la culpa recupera la mitad, lo contrario que en Kansas y Nebraska, sus vecinos. La comparación se hace con la culpa combinada de todos los demandados y de las partes liberadas, no con cada uno por separado. La reclamación por consorcio se mide de otro modo: la excluye la culpa de la persona lesionada, no la del familiar que reclama (§ 668.3(1)(b)). Ninguna de las dos reglas debe confundirse con el § 668.4, que es otra regla del cincuenta por ciento, referida a la responsabilidad solidaria entre demandados. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde el accidente [2] Cinco años para «las fundadas en contratos no escritos, las interpuestas por daños a los bienes o por reparación basada en fraude … y todas las demás acciones no previstas de otro modo a este respecto» (§ 614.1(4)), con inicio en el nacimiento de la acción según el propio preámbulo de la sección («después de que nazcan sus causas, y no después»). Iowa es uno de los estados donde los dos plazos difieren realmente, y la diferencia está en el texto de una misma sección. Los apartados 8 y 10, excepciones citadas, no se leyeron y no afectan a una reclamación de tráfico. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años desde el nacimiento de la acción para «las fundadas en lesiones a la persona o a la reputación, incluidas las lesiones a derechos relativos, tanto si se basan en contrato como en responsabilidad extracontractual, o por sanción legal» (§ 614.1(2)). Conviene leer las palabras «tanto si se basan en contrato como en responsabilidad extracontractual»: replantear una reclamación por lesiones como reclamación contractual no otorga los diez años del § 614.1(5)(a). Es el más corto de los tres plazos de Iowa y el que rige la reclamación que hace la mayoría de los lectores. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 10 años desde el accidente [2] Diez años para las acciones «fundadas en contratos escritos» (§ 614.1(5)(a)): la póliza misma. Dos cautelas viajan con el plazo. La póliza puede pactar un plazo más corto para demandar a la aseguradora, y si alguna ley de Iowa fija un suelo a esa cláusula no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. Y el § 614.1(2) alcanza la reclamación por lesiones «tanto si se basa en contrato como en responsabilidad extracontractual», de modo que los diez años son un plazo contractual y no una vía para eludir los dos. |
| Regulador | Iowa Insurance Division |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Iowa →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) Kansas es uno de los estados estrictos, y lo que lo hace estricto es la redacción: «La negligencia concurrente de una parte en un proceso civil no impide que esa parte o su representante legal obtenga indemnización por negligencia que cause muerte, lesiones personales, daños materiales o pérdida económica, si la negligencia de esa parte fue menor que la negligencia causal de la parte o partes contra las que se reclama, pero la indemnización concedida a esa parte debe reducirse en proporción a la negligencia que se le atribuya» (§ 60-258a(a)). «Menor que» es la forma del 50 %: UN CHOQUE REPARTIDO EXACTAMENTE AL CINCUENTA POR CIENTO NO RECUPERA NADA EN KANSAS, lo contrario que en Iowa, que en la misma ronda queda al otro lado con una barrera de «mayor que». En la reclamación por muerte, la negligencia del fallecido se imputa a quien reclama. La responsabilidad solidaria no sobrevive en un caso de negligencia comparativa: «cada parte responde de la porción del importe total concedido como indemnización al reclamante en la proporción que su negligencia causal guarde con la negligencia causal atribuida a todas las partes» (§ 60-258a(d)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [2] Dos años para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluidas las acciones de recuperación específica» (§ 60-513(a)(2)), y el plazo es de conocimiento y no de impacto: las acciones del apartado (a) «no se entenderán nacidas hasta que el hecho que las origina cause por primera vez un daño sustancial», o, cuando el daño no sea razonablemente comprobable de inmediato, hasta que lo sea, «pero en ningún caso podrá interponerse la acción más de 10 años después del hecho» (§ 60-513(b)). Los dos plazos de Kansas son de dos años y están en la misma sección, a diferencia de los dos y cinco de Iowa. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [2] Dos años por la vía residual de la misma sección —«una acción por lesión a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté aquí enumerada» (§ 60-513(a)(4))—, con la misma regla de nacimiento por daño sustancial y el mismo plazo absoluto de diez años (§ 60-513(b)). Un plazo mucho más corto rige el lado sin culpa de una reclamación de Kansas, y es fácil pasarlo por alto: «No podrá presentarse reclamación de prestaciones de protección contra lesiones personales después de dos (2) años desde la fecha de la lesión» (§ 40-3110(a)). La anotación del propio Revisor a esa sección la recoge como plazo de presentación de la reclamación y no como plazo de prescripción de la demanda, citando Patterson v. Allstate Ins. Co., 31 Kan. App. 2d 919, 75 P.3d 763 (2003); la anotación se leyó, la sentencia no, de modo que la distinción se atribuye a la anotación y no se afirma como resuelta. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [2] Cinco años para «una acción sobre cualquier acuerdo, contrato o promesa por escrito» (§ 60-511(1)): la póliza misma. No rescata una reclamación PIP: el plazo de dos años del § 40-3110(a) muerde antes y en sus propios términos, sea cual sea el plazo contractual de la póliza. Si alguna ley de Kansas fija un suelo a la cláusula de plazo para demandar a la aseguradora contenida en la propia póliza no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | Kansas Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Kansas →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura El KRS 411.182 reparte la culpa en «la cuota equitativa de cada parte en la obligación frente a cada reclamante conforme a los respectivos porcentajes de culpa», ponderando tanto la naturaleza de la conducta de cada parte como el alcance de la relación causal entre esa conducta y el daño reclamado. Los apartados (1) a (4) se leyeron íntegros y no contienen umbral porcentual alguno, ni barrera, ni cláusula de «más del cincuenta por ciento», de modo que nada excluye al reclamante en ningún porcentaje. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [5] Dos años desde el nacimiento de la acción por «la sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluida la acción de recuperación específica» (KRS 413.125). La sección tiene una sola frase y no contiene regla de descubrimiento ni plazo absoluto. Una advertencia que esta ficha recoge en lugar de allanar: como el KRS 304.39-060(2)(a) abole la responsabilidad civil solo por lesiones corporales, cabe sostener que la responsabilidad por daños materiales es «responsabilidad civil no abolida» a efectos del KRS 304.39-230(6), que fija los mismos dos años pero desde otro momento inicial. Ambos candidatos dan dos años; qué sección fija el inicio del plazo en una reclamación por daños al vehículo no se ha verificado todavía contra un texto primario, así que el inicio en el último pago de reparación del KRS 304.39-230(6) no se traslada a este reloj. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [4] El momento inicial es inusual y ninguna descripción genérica es segura: dos años «después de la lesión, o de la muerte, o de la fecha de emisión del último pago de reparación básica o adicional hecho por cualquier entidad obligada, lo que ocurra más tarde» (KRS 304.39-230(6)). Quien cobra prestaciones de reparación durante dieciocho meses tiene, por tanto, un plazo que empieza con el último pago y no con la colisión. Una reforma de 2017 añadió que un pago reemitido no prorroga la fecha y que el reclamante puede preguntar por escrito a la entidad obligada si un pago lo era. Hay que citar esta sección y no el KRS 413.140, cuyo plazo general por lesiones es de un año y no rige una reclamación de tráfico. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde que se conoció el daño [4] Cuando no se han pagado prestaciones de reparación: dos años desde que el lesionado sufre la pérdida y sabe, o con diligencia razonable debería saber, que proviene del accidente, «o no más tarde de cuatro (4) años después del accidente, lo que ocurra antes», de modo que la regla de descubrimiento queda limitada por una barrera absoluta de cuatro años. Si ya se pagaron prestaciones, el plazo es de dos años desde el último pago (KRS 304.39-230(1)). Las prestaciones de supervivientes son aún más cortas: un año desde el fallecimiento o cuatro desde el accidente, lo que ocurra antes (KRS 304.39-230(2)). La incapacidad legal no suspende ninguno de estos plazos: la ley cuenta expresamente el periodo de incapacidad dentro del límite (KRS 304.39-230(5)). El plazo general de contrato escrito para una póliza actual de Kentucky es de diez años según el KRS 413.160, pero el KRS 304.39-230(1) lo desplaza para las prestaciones de reparación. |
| Regulador | Kentucky Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Kentucky →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) Desde el 1 de enero de 2026, quien tenga una negligencia propia «igual o superior al cincuenta y uno por ciento» no recupera nada, y por debajo de ese porcentaje la indemnización se reduce proporcionalmente (C.C. art. 2323(A)(2)(a)–(b), reformado por la Acts 2025, No. 15, con efecto el 1 de enero de 2026). La barrera está en el 51 %, no en «más del 50 %»: quien tenga exactamente el 51 % de culpa no recupera nada, quien tenga el 50,9 % recupera el 49,1 %. Luisiana fue un estado de culpa comparativa pura desde 1979 hasta el 31 de diciembre de 2025, y el propio título de la ley declara que se aprueba «para establecer un sistema de culpa comparativa modificada». Si la barrera del 51 % alcanza a los accidentes anteriores al 1 de enero de 2026 no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma: la ley fija una fecha de entrada en vigor y nada más. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [4] Dos años, y la fecha en que cambió el plazo importa tanto como la cifra: «Las acciones delictuales están sujetas a una prescripción liberatoria de dos años. Esta prescripción empieza a correr desde el día en que se sufre la lesión o el daño» (C.C. art. 3493.1). Como el artículo abarca todas las acciones delictuales, las lesiones y el daño al vehículo corren por el mismo reloj. Pero la ley que lo creó se aplica «solo con carácter prospectivo … a las acciones delictuales nacidas después de la fecha de entrada en vigor de esta ley» (Acts 2024, No. 423, § 3), de modo que los dos años alcanzan únicamente a los choques del 1 de julio de 2024 en adelante; un choque del 30 de junio de 2024 prescribió al año conforme al derogado art. 3492. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [4] El mismo artículo y el mismo plazo: dos años desde el día en que se sufre la lesión o el daño (C.C. art. 3493.1), y la misma regla de prospectividad: los dos años solo se aplican a los choques del 1 de julio de 2024 en adelante, porque la Acts 2024, No. 423, § 3 da a la ley «solo aplicación prospectiva». La célebre prescripción de un año de Luisiana ya no existe: el art. 3492 dice hoy «Derogado por la Acts 2024, No. 423, §2, con efecto el 1 de julio de 2024», y el art. 3493 fue derogado por la misma sección. Toda página que siga diciendo un año describe el derecho anterior a julio de 2024. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 10 años desde el accidente [4] La acción sobre la póliza es una acción personal, de modo que se aplica la prescripción residual de diez años del C.C. art. 3499 «salvo que la legislación disponga otra cosa». Es el techo, no el plazo operativo: lo que suele morder es la cláusula de plazo de la propia póliza, y el La. R.S. 22:868(B) solo le pone un suelo: no menos de veinticuatro meses desde el inicio del siniestro para una reclamación de primera parte en las clases de seguro que enumera por remisión al R.S. 22:47, y no menos de un año desde el nacimiento de la acción en los demás seguros, siendo nula toda condición más corta. Esas clases enumeradas no se leyeron, así que qué suelo alcanza a una póliza de automóvil particular no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. Demandar al conductor protege también a las aseguradoras: el R.S. 22:1269(B)(3) hace que esa demanda interrumpa la prescripción frente a toda aseguradora que cubra la reclamación. |
| Regulador | Louisiana Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Luisiana →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) LA REGLA DE CULPA COMPARTIDA DE MAINE NO SE PARECE A NINGUNA OTRA DE ESTE CONJUNTO DE DATOS Y NO DEBE REDUCIRSE A UN PORCENTAJE: LA ETIQUETA «modified-50» LLEVA LA BARRERA Y NADA MÁS, PORQUE LA LEY NO PROMETE NINGUNA ARITMÉTICA PROPORCIONAL. «Cuando una persona sufra la muerte o un daño a resultas en parte de su propia culpa y en parte de la culpa de cualquier otra persona o personas, la reclamación por esa muerte o ese daño NO PODRÁ DESESTIMARSE POR RAZÓN DE LA CULPA DE QUIEN SUFRE EL DAÑO, PERO LA INDEMNIZACIÓN RECUPERABLE POR ELLO DEBERÁ REDUCIRSE EN LA MEDIDA QUE EL JURADO CONSIDERE JUSTA Y EQUITATIVA ATENDIENDO A LA CUOTA DE RESPONSABILIDAD DEL RECLAMANTE EN EL DAÑO. … el tribunal instruirá al jurado para que determine y haga constar la indemnización total que habría sido recuperable si el reclamante no hubiera tenido culpa, E INSTRUIRÁ ADEMÁS AL JURADO PARA QUE REDUZCA LA INDEMNIZACIÓN TOTAL EN DÓLARES Y CENTAVOS, Y NO POR PORCENTAJE, en la medida que considere justa y equitativa …, e instruirá al jurado para que devuelva ambos importes CON CONOCIMIENTO DE QUE LA CIFRA MENOR ES EL VEREDICTO FINAL del caso. … “Culpa” significa negligencia, incumplimiento de un deber legal u otro acto u omisión que dé lugar a responsabilidad extracontractual … SI EL JURADO DECLARA QUE EL RECLAMANTE TIENE CULPA IGUAL, EL RECLAMANTE NO PODRÁ RECUPERAR» (14 M.R.S. § 156). Así que DOS COSAS SON CIERTAS A LA VEZ Y AMBAS IMPORTAN. La barrera está en la igualdad: el reclamante al que se declare culpa IGUAL no recupera nada, de modo que un choque al cincuenta por ciento no recupera nada en Maine, el mismo resultado que en Idaho, Kansas, Nebraska y Dakota del Norte. Pero entre cero y la igualdad la reducción es la que el jurado considere justa y equitativa, expresada EN DÓLARES Y CENTAVOS Y EXPRESAMENTE NO COMO PORCENTAJE, devolviendo el jurado la cifra bruta y la reducida y entrando la menor como veredicto. QUIEN LEA «MAINE ES COMPARATIVA MODIFICADA AL 50 %» ESPERARÁ QUE UN RECLAMANTE CON EL 30 % DE CULPA PIERDA EXACTAMENTE EL 30 %, Y LA LEY DE MAINE NO LO PROMETE. La regla para varios demandados apunta al revés que la de Idaho: «En un caso con varios demandados, CADA DEMANDADO RESPONDE SOLIDARIAMENTE FRENTE AL DEMANDANTE POR EL IMPORTE ÍNTEGRO DE LOS DAÑOS DEL DEMANDANTE. No obstante, cualquier demandado tiene derecho, mediante interrogatorios especiales, a pedir al jurado el porcentaje de culpa aportado por cada demandado.» De modo que Maine conserva íntegra la responsabilidad solidaria —a un demandado solvente puede hacérsele pagar todo— y los porcentajes entre demandados solo se determinan si un demandado los pide, mientras el § 6-803(3) de Idaho suprime la solidaridad fuera de la actuación concertada y la agencia. El precio es la mecánica transaccional: liberar a un demandado mediante un acuerdo que impida cobrar su cuota le da derecho a ser «sobreseído con efectos definitivos», impide las acciones de contribución contra él y deja a las partes restantes practicar prueba e invocar las reglas probatorias «como si el demandado liberado y sobreseído siguiera siendo parte» (§ 156(1) y (2)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [2] Seis años, de la misma sección de una sola frase que rige la reclamación por lesiones y la acción sobre la póliza: «Seis años. Toda acción civil se iniciará dentro de los 6 años siguientes al nacimiento de la acción y no después, salvo las acciones sobre una sentencia o resolución de cualquier tribunal de registro de los Estados Unidos, de cualquier estado o de un juez de paz de este estado, Y SALVO LO QUE SE DISPONGA ESPECIALMENTE» (14 M.R.S. § 752). MAINE ES UN ESTADO DE RELOJ ÚNICO Y SEIS AÑOS ES EL PLAZO EXTRACONTRACTUAL MÁS LARGO DE CUALQUIER FILA ESTADOUNIDENSE DE ESTE CONJUNTO DE DATOS, salvo los diez años residuales de Rhode Island para daños materiales. DOS SALVEDADES VIAJAN CON LA CIFRA EN LUGAR DE OCULTARSE. La reserva final significa que un plazo especial situado en otro lugar del derecho de Maine lo desplazaría, y NO SE HIZO BÚSQUEDA ALGUNA DE UN PLAZO ESPECIAL DE VEHÍCULOS DE MOTOR: el § 752 se leyó solo, y un plazo de seis años es lo bastante inusual como para cerrar la reserva en lugar de darla por vacía. Y dentro de esos seis años acecha una trampa dura de dos años en el lado de primera parte: cuando la aseguradora del otro conductor entra en insolvencia, la reclamación solo alcanza la propia cobertura frente a vehículo sin seguro si «se ha dado aviso escrito de ese siniestro a la aseguradora dentro de los 2 años siguientes» (24-A M.R.S. § 2902(3)(C)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 6 años desde el accidente [2] Los MISMOS seis años del 14 M.R.S. § 752, publicados por separado solo porque el campo lo exige: una sola frase cubre la reclamación por lesión corporal, la de daños al vehículo y la acción sobre la póliza, todas desde que «nace la acción». Maine no nombra ningún plazo propio de «lesión personal», y por eso la reclamación por lesiones llega a través de la regla general de las acciones civiles y no de una sección que mencione lesiones. RIGE LA MISMA RESERVA DE «SALVO LO QUE SE DISPONGA ESPECIALMENTE», QUE NO SE CERRÓ, así que los seis años nunca deben describirse como si nada en el derecho de Maine pudiera acortarlos. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] Otra vez los mismos seis años: la acción sobre la póliza es una acción civil del 14 M.R.S. § 752, y no se halló plazo de primera parte más corto en nada de lo leído para esta fila. NO SE EXAMINÓ LA CLÁUSULA DE PLAZO PARA DEMANDAR DE LA PROPIA PÓLIZA. Nótese qué da Maine al asegurado en lugar de un reloj más corto: una acción legal de primera parte contra su propia aseguradora al amparo del 24-A M.R.S. § 2436-A, con daños, costas, honorarios razonables de abogado e intereses del 1,5 % mensual, cuyo propio plazo de prescripción no quedó fijado por nada de lo leído aquí. |
| Regulador | Maine Bureau of Insurance, Department of Professional and Financial Regulation |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Maine →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La negligencia contributiva «is not a bar to the recovery of damages» y, cuando la negligencia del demandante contribuyó, «the court shall apportion the damages in proportion to the degree of negligence found against the plaintiff and defendant respectively» (Tortfeasors and Contributory Negligence Act, s. 4); si el reparto no es practicable, las partes «shall be deemed equally negligent» (s. 6). Como las acciones por lesiones están abolidas, la regla opera sobre el daño material. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] Dos años desde el día en que se descubre la reclamación (Limitations Act, s. 6), entendiendo por descubrimiento el primer día en que quien reclama supo o debió saber que hubo daño, que lo causó un acto u omisión, de quién fue y que un proceso sería el remedio adecuado (s. 7). Quien reclama «has the burden of proving that a proceeding has been commenced within the basic limitation period» (s. 9), y no puede iniciarse ningún proceso más de quince años después del acto u omisión (s. 10(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] Es un plazo para solicitar, no un plazo de prescripción de una demanda: no hay acción por lesiones que interponer. La reclamación debe presentarse «within two years after the day of the accident» o, si un profesional observa dentro de esos dos años síntomas que no eran aparentes inmediatamente después del accidente, en los dos años siguientes a esa primera observación (MPIC Act, s. 141(1)); la reclamación por fallecimiento corre dos años desde la muerte (s. 141(2)) y quien era menor tiene dos años desde que cumple dieciocho (s. 141(3)). MPI «may waive a time limit» si considera que hubo una excusa razonable: es una facultad discrecional, no un derecho (s. 141(5)). |
| Regulador | Manitoba Public Insurance (MPI) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Manitoba →
| Regla de culpa compartida | Culpa concurrente excluyente Maryland mantiene la barrera de la culpa contributiva del common law, y no hay porcentaje que publicar: el reclamante a quien se declare negligente no recupera nada, sin reparto alguno. El Court of Appeals se negó a abandonar la doctrina en 2013 —«although this Court has the authority to change the common law rule of contributory negligence, we decline to abrogate Maryland’s long-established common law principle of contributory negligence»— y describió el efecto en el caso que juzgaba: «Because of the contributory negligence finding, Coleman was barred from any recovery» (Coleman v. Soccer Association of Columbia, 432 Md. 679 (2013)). Una excepción legal importa en una reclamación de tráfico: no llevar el cinturón no puede «be considered evidence of contributory negligence», no puede limitar la responsabilidad de una parte ni de una aseguradora y no puede mencionarse en el juicio (Transportation § 22-412.3(h)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [1] Una sola sección lo cubre todo: «A civil action at law shall be filed within three years from the date it accrues unless another provision of the Code provides a different period of time within which an action shall be commenced» (Courts and Judicial Proceedings § 5-101). No hay un plazo aparte para los daños materiales ni para el tráfico, y la sección no fija regla de nacimiento de la acción: tres años «from the date it accrues», que en un choque suele ser la colisión. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] El mismo § 5-101 y los mismos tres años para la reclamación por lesiones que para el coche. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [1] Los mismos tres años, como acción contractual del Courts and Judicial Proceedings § 5-101. Si una póliza de automóvil de Maryland puede pactar menos no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma: se leyeron veinte secciones del Insurance Article y la sección de prescripción sin encontrar ninguna disposición que anule o ponga suelo a esa cláusula, y el hallazgo se limita a las secciones leídas. El único suelo legal localizado en el material de Maryland recae sobre la presentación de la reclamación y no sobre la demanda: la póliza puede fijar un plazo de «not less than 12 months» desde el accidente para presentar la reclamación original de prestaciones de primera parte, y la aseguradora debe escribir al asegurado indicándole la última fecha en que puede presentarla (Insurance § 19-508(a)(2)(i), (b)(1)). |
| Regulador | Maryland Insurance Administration |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Maryland →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La negligencia contributiva «no impedirá la recuperación … si tal negligencia no fue mayor que el total de la negligencia atribuible a la persona o personas frente a las que se reclama», y la indemnización se «reduce en proporción» a ella; la asunción del riesgo queda abolida y se «presume que el reclamante actuó con la diligencia debida» (M.G.L. c. 231, § 85). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [5] «Las acciones de tort … se iniciarán solo dentro de los tres años siguientes al nacimiento de la acción» (M.G.L. c. 260, § 2A). Massachusetts no separa el reloj del vehículo del reloj de las lesiones: el § 2A cubre las acciones de tort como clase y nada en él aparta los daños materiales. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [5] Tres años según la M.G.L. c. 260, § 2A, y confirmado por el § 4, que nombra «las acciones de tort por lesiones corporales o por muerte cuyo pago de sentencias debe garantizarse conforme al capítulo noventa» con los mismos tres años: ambas secciones coinciden y no hace falta desempate. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [5] Plazo contractual general: «Las acciones de contrato, distintas de las de reclamación por lesiones personales … se iniciarán solo dentro de los seis años» (M.G.L. c. 260, § 2), que es la vía que el § 34M da a quien reclama prestaciones PIP impagadas. Una póliza de auto suele llevar una cláusula de plazo de demanda más corta, y para esta página no se leyó ninguna disposición de Massachusetts que rija tales cláusulas, así que los seis años no son el plazo práctico. Aparte, quien reclama debe presentar la reclamación PIP a la aseguradora dentro de los dos años siguientes al accidente (c. 90, § 34M). |
| Regulador | Massachusetts Division of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Massachusetts →
| Regla de culpa compartida | Pendiente de verificación No queda resuelto en los textos leídos. La única disposición sobre culpa concurrente del código civil federal es una defensa de todo o nada: el demandado se libera probando que el daño se produjo como consecuencia de «culpa o negligencia inexcusable de la víctima» (Código Civil Federal arts. 1910 y 1913), lo que es una respuesta completa y no una reducción porcentual. La responsabilidad ordinaria por un choque se rige, además, por los 32 códigos civiles estatales, porque el código federal solo rige en asuntos del orden federal (art. 1º); si un tribunal estatal reduce la indemnización por la negligencia ordinaria de la víctima aún no se ha verificado contra un texto primario y no se indica aquí. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [4] En materia federal: «La acción para exigir la reparación de los daños causados en los términos del presente capítulo, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño» (Código Civil Federal art. 1934). Un choque en una vía estatal se rige por el código civil de esa entidad, que no fue leído. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [4] Misma regla de dos años del art. 1934 para las lesiones, con la misma advertencia de que solo rige en materia federal. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [1] Las acciones derivadas del contrato de seguro prescriben en dos años contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen (Ley sobre el Contrato de Seguro art. 81 fr. II; cinco años para la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida). Tratándose del siniestro, el plazo corre desde el día en que llegó a conocimiento de los interesados, quienes deben demostrarlo (art. 82), y ninguna cláusula puede abreviar ni extender ese plazo (art. 83). |
| Regulador | CONDUSEF — Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en México →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La indemnización se reduce en la proporción de culpa del reclamante y, cuando esa culpa «es mayor que la culpa agregada de la otra persona o personas», el tribunal «reducirá los daños económicos en el porcentaje de culpa comparativa … y los daños no económicos no se concederán» (MCL 600.2959) — de modo que solo los daños no económicos quedan excluidos y los económicos sobreviven en proporción. Dentro del propio capítulo sin culpa, «no se valorarán daños a favor de una parte con más del 50 % de la culpa», y no se concede nada a favor de quien conducía sin la cobertura legal exigida (MCL 500.3135(2)(b)–(c)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] Un solo plazo cubre lesiones y bienes: «el plazo de prescripción es de 3 años desde el momento de la muerte o de la lesión para todas las acciones por la muerte de una persona o por lesión a una persona o a los bienes» (MCL 600.5805(2)). El cómputo arranca en el momento de la lesión, no en el del descubrimiento. La captura leída está completa hasta la Public Act 149 de 2024. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [3] Tres años desde el momento de la muerte o de la lesión, el mismo plazo que la ley da a las reclamaciones por daños a los bienes (MCL 600.5805(1)–(2)); la captura leída está completa hasta la Public Act 149 de 2024. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde el accidente [4] La acción por prestaciones de personal protection insurance «no puede iniciarse más de 1 año después de la fecha del accidente que causó la lesión, salvo que se haya dado a la aseguradora aviso escrito de la lesión … dentro de 1 año tras el accidente o salvo que la aseguradora ya haya hecho un pago» (MCL 500.3145(1)); si hubo aviso o pago, la acción corre un año desde la última pérdida incurrida, y «el reclamante no puede recuperar prestaciones por ninguna porción de la pérdida incurrida más de 1 año antes de la fecha en que se inició la acción» (§ 500.3145(2)). El plazo se suspende desde una reclamación concreta hasta que la aseguradora la deniega formalmente, y solo si la reclamación se sigue con diligencia razonable (§ 500.3145(3)); las prestaciones de property protection tienen un año seco desde el accidente (§ 500.3145(5)). Las demás acciones contractuales sobre la póliza prescriben en seis años (MCL 600.5807(9)), y una póliza personal de auto no puede acortar ninguno de estos plazos: la cláusula de plazo abreviado de acción está prohibida y es nula (Mich. Admin. Code R 500.2212(2)–(3)). |
| Regulador | Michigan Department of Insurance and Financial Services (DIFS) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Michigan →
| Regla de culpa compartida | Pendiente de verificación La regla de culpa compartida de Misuri para una colisión ordinaria es jurisprudencial y aquí no se publica como valor. El § 537.765, que suele citarse para ello, suprime la barrera de la culpa contributiva y aplica «the doctrine of pure comparative fault» expresamente y solo «in a products liability claim», de modo que no alcanza un choque. Sentencias federales publicadas por la Government Publishing Office caracterizan Gustafson v. Benda, 661 S.W.2d 11 (Mo. 1983) (en banc) como la resolución que adoptó la culpa comparativa pura, pero el texto del propio Tribunal Supremo de Misuri no pudo leerse y esa caracterización no es una lectura verificada de él. Lo que la ley sí fija es el lado de los demandados: en toda acción de responsabilidad extracontractual, el demandado al que se atribuya el cincuenta y uno por ciento o más responde solidariamente de la condena entera, y el que queda por debajo solo de su porcentaje (§ 537.067.1), regla sobre los demandados y no barrera para el reclamante. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde que se conoció el daño [2] Un solo apartado reúne las dos partidas: la acción «for taking, detaining or injuring any goods or chattels … or for any other injury to the person or rights of another, not arising on contract» debe interponerse en cinco años (§ 516.120(4), RSMo). La fecha de inicio no es el choque por defecto: la acción no nace «when the wrong is done … but when the damage resulting therefrom is sustained and is capable of ascertainment» y, si hay más de una partida de daño, con la última (§ 516.100). |
| Plazo para demandar por lesiones | 5 años desde que se conoció el daño [2] Los mismos cinco años y el mismo apartado que la reclamación por el vehículo, de modo que no hay un plazo más corto para las lesiones que se pueda perder (§ 516.120(4), RSMo), contados desde que el daño «is sustained and is capable of ascertainment» (§ 516.100). |
| Regulador | Missouri Department of Commerce and Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Misuri →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La barrera de Montana solo opera POR ENCIMA del cincuenta por ciento, y la sección lleva DOS textos, cada uno etiquetado por el publicador, de los que el operativo es el marcado «(Temporary)». «27-1-702. (Temporary) Negligencia comparativa — medida en que la negligencia concurrente impide la indemnización en la acción de daños. La negligencia concurrente no impide la indemnización en una acción de una persona … para obtener daños por negligencia con resultado de muerte o lesión a la persona o a los bienes SI LA NEGLIGENCIA CONCURRENTE NO FUE MAYOR QUE LA NEGLIGENCIA DE LA PERSONA O QUE LA NEGLIGENCIA COMBINADA DE TODAS LAS PERSONAS FRENTE A LAS QUE SE RECLAMA, pero toda indemnización que se conceda DEBE REDUCIRSE EN PROPORCIÓN AL PORCENTAJE DE NEGLIGENCIA ATRIBUIBLE A QUIEN RECUPERA. (Termina al producirse la contingencia --sec. 11(2), Ch. 429, L. 1997.)» «No mayor que» es la forma del 51 % en la convención de este conjunto de datos, así que UN CHOQUE REPARTIDO AL CINCUENTA POR CIENTO EN MONTANA RECUPERA LA MITAD, el mismo grupo que Iowa, Virginia Occidental, Hawái, Vermont y Wyoming, y lo contrario de Idaho, Kansas, Nebraska, Maine y Dakota del Norte. Nótese además que el denominador es la negligencia COMBINADA de todas las personas demandadas, lo que ayuda al reclamante frente a varios demandados, y que aquí la reducción SÍ es proporcional y por porcentaje, a diferencia del § 156 de Maine, que prohíbe la reducción porcentual. DOS COSAS SOBRE LAS ETIQUETAS DEBEN ENTENDERSE BIEN Y NINGUNA PUEDE PROMEDIARSE. PRIMERA, «TEMPORARY» NO SIGNIFICA EFÍMERO: este texto solo termina al producirse una contingencia fijada por la sección 11(2) del capítulo 429 de las Leyes de 1997, y esa contingencia no se ha producido, de modo que el texto «(Temporary)» es el derecho vigente, y una descripción secundaria citará el que por azar haya copiado. SEGUNDA, EL TEXTO SUCESOR CONTINGENTE CAMBIARÍA EL DENOMINADOR Y PODRÍA DERROTAR A UN RECLAMANTE AL QUE EL TEXTO ACTUAL PERMITE RECUPERAR: «27-1-702. (Effective on occurrence of contingency) Culpa comparativa … si la culpa concurrente no fue mayor que la culpa del demandado O QUE LA CULPA COMBINADA DE TODOS LOS DEMANDADOS Y DE LOS NO PARTES», añadiendo a la comparación a quienes no son parte, lo que es materialmente más amplio. La contingencia misma no se abrió, así que lo que se publica es el texto operativo con la alternativa pendiente declarada a su lado. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [4] Dos años: «Daños que afectan a bienes. DENTRO DE 2 AÑOS es el plazo prescrito para el ejercicio de la acción por: (1) daño, deterioro o allanamiento de bienes inmuebles o muebles; (2) TOMAR, RETENER O DAÑAR BIENES O EFECTOS MUEBLES, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles; (3) matar o lesionar ganado por una corporación o compañía ferroviaria» (§ 27-2-207). MONTANA ES UN ESTADO DE DOS RELOJES EN LA DIRECCIÓN INUSUAL —LA RECLAMACIÓN POR EL VEHÍCULO MUERE UN AÑO ANTES QUE LA DE LESIONES, dos años para el coche frente a tres para el cuerpo— Y SU VECINO IDAHO DIVIDE AL CONTRARIO, dos para el cuerpo y tres para el coche en los §§ 5-219(4) y 5-218(3). Los dos estados son imágenes especulares, de modo que quien generalice de uno al otro perderá un plazo; por eso ambos plazos de Montana se publican con nota propia y no resumidos como «dos a tres años». |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [3] Tres años, y Montana encauza la reclamación por lesión personal a través del apartado residual y no de una sección que la nombre: «27-2-204. (Temporary) Acciones extracontractuales — general y lesión personal. (1) Salvo lo previsto en el 27-2-216, el plazo prescrito para el ejercicio de UNA ACCIÓN SOBRE UNA RESPONSABILIDAD NO FUNDADA EN INSTRUMENTO ESCRITO es de 3 años.» El apartado (2) concede tres años para la muerte causada por acto ilícito o descuido de otro, «salvo cuando la muerte por culpa ajena resulte de un homicidio, caso en el que el plazo es de 10 años»; el apartado (3) concede dos años para la injuria, la calumnia, la agresión, las vías de hecho, la detención ilegal o la seducción, de modo que los tres años son el plazo específico de la NEGLIGENCIA. ESTA SECCIÓN TAMBIÉN LLEVA DOS TEXTOS ETIQUETADOS Y LA CIFRA ES SEGURA EN CUALQUIER CASO: el texto «(Effective October 1, 2026)» mantiene los mismos tres años y solo cambia la lista de excepciones remitidas, añadiendo el § 27-2-219 junto al § 27-2-216 (línea de historia «amd. Sec. 4, Ch. 709, L. 2025»). ASÍ QUE SE PUBLICA LA CIFRA Y NO LAS EXCEPCIONES: no se abrió ni el § 27-2-216 ni el § 27-2-219, de modo que si alguna de ellas alcanza a una reclamación por lesiones de vehículo de motor no se ha verificado todavía contra un texto primario y no se afirma aquí. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el rechazo [5] DOS AÑOS, NO SEIS, Y PUBLICAR SEIS A SECAS SERÍA ACTIVAMENTE ENGAÑOSO. El plazo operativo de Montana para una acción por tramitación de siniestros es el suyo propio: «El plazo prescrito para el ejercicio de una acción al amparo de esta sección es: (a) para un asegurado, DE 2 AÑOS DESDE LA FECHA DE LA INFRACCIÓN DEL 33-18-201; y (b) para un reclamante tercero, DE 1 AÑO DESDE LA FECHA DE LA TRANSACCIÓN O DEL DICTADO DE SENTENCIA SOBRE LA RECLAMACIÓN SUBYACENTE» (§ 33-18-242(8)). Dos años para el asegurado es el reloj de primera parte más corto de cualquier fila de este conjunto de datos, y el AÑO del reclamante tercero es aún más corto. UNA NOTA SOBRE EL DESENCADENANTE, PORQUE ESTE CONJUNTO DE DATOS NO TIENE UN VALOR DE ENUMERACIÓN PARA ÉL: la ley corre desde «la fecha de la infracción del 33-18-201», que no es el accidente, ni la presentación de la reclamación, ni estrictamente una denegación; se usa el valor disponible más próximo y aquí se dan las palabras de la propia ley para que nada quede oculto: el reloj arranca cuando la aseguradora comete la práctica de que se trata, que en la mayoría de los casos es una negativa o una falta de liquidación. LA VÍA CONTRACTUAL SEPARADA ES DE SEIS AÑOS Y SE NOMBRA JUNTO A ESTA Y NO EN SU LUGAR: «el plazo prescrito para el ejercicio de una acción sobre cualquier contrato, pacto, obligación o responsabilidad fundada en instrumento escrito es de 6 años» (§ 27-2-202(1)), con cinco años cuando no se funda en un escrito y tres en una obligación no contractual. El reclamante que suponga seis años para todo frente a una aseguradora llegará tarde por la vía legal. |
| Regulador | Montana Commissioner of Securities and Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Montana →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) Nebraska llega al resultado estricto de Kansas con palabras distintas: «Toda negligencia concurrente imputable al reclamante reducirá proporcionalmente el importe concedido como indemnización por una lesión atribuible a esa negligencia concurrente, pero no impedirá la indemnización, salvo que, si la negligencia concurrente del reclamante es igual o mayor que la negligencia total de todas las personas contra las que se reclama, el reclamante quedará totalmente excluido de la indemnización» (§ 25-21,185.09). «Igual o mayor que» es la forma del 50 %: UN CHOQUE REPARTIDO EXACTAMENTE AL CINCUENTA POR CIENTO NO RECUPERA NADA EN NEBRASKA, y la comparación se hace con la negligencia TOTAL de todos los demandados, no con cada uno. La misma sección otorga un derecho procesal que conviene conocer: «Se instruirá al jurado sobre los efectos del reparto de negligencia.» Existe una norma precisamente porque, de otro modo, la barrera sería un arma de negociación: «Las aseguradoras no atribuirán al reclamante un porcentaje de negligencia con el fin de reducir una transacción cuando no exista prueba razonable en la que ese porcentaje pueda basarse» (210 Neb. Admin. Code cap. 60, § 008.06), algo que no aparece en la norma de siniestros de ningún otro estado de este conjunto de datos. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles» (§ 25-207(2)), al amparo de las propias palabras iniciales de la sección: «Las siguientes acciones solo pueden interponerse dentro de cuatro años». Ambos plazos de Nebraska son de cuatro años y ambos están en esa única sección, la pareja más larga de los estados de su entorno. |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años para «una acción por lesión a los derechos del demandante, que no nazca de contrato y no esté enumerada más adelante» (§ 25-207(3)): el doble de los dos años que concede Kansas, inmediatamente al sur, sobre una reclamación materialmente igual. La sección alcanza la intrusión, la apropiación, otros ilícitos civiles y el fraude, y declara su límite de cuatro años en su frase inicial. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [2] Cinco años para «un documento solemne, o cualquier acuerdo, contrato o promesa por escrito, o una sentencia extranjera» (§ 25-205(1)): la póliza misma. El apartado (2), la excepción citada, es una salvedad sobre garantías agrícolas y no alcanza una póliza de automóvil. Si alguna ley de Nebraska fija un suelo a la cláusula de plazo para demandar a la aseguradora contenida en la propia póliza no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | Nebraska Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nebraska →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La negligencia comparativa del reclamante «no impide la recuperación si esa negligencia no era mayor que la negligencia o negligencia grave de las partes del proceso frente a las que se reclama» (NRS 41.141(1)), y cuando se demanda a varios la comparación es contra su negligencia combinada (NRS 41.141(2)(a)). Así, un choque al cincuenta por ciento sigue recuperando la mitad. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] «En 3 años: … Una acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles» (NRS 11.190(3)(c)): un año más que el plazo por lesiones, y una diferencia que esta ficha recoge en lugar de allanar. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] «En 2 años: … una acción para reclamar daños por lesiones a una persona o por la muerte de una persona causada por el acto ilícito o la negligencia de otro» (NRS 11.190(4)(e)). Esos mismos dos años cubren la reclamación por fallecimiento. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [3] Seis años para «una acción sobre un contrato, obligación o responsabilidad fundada en un documento escrito» (NRS 11.190(1)(b)). Es el plazo residual, no el operativo: la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza puede ser más corta, y aquí no se afirma si alguna norma de Nevada le fija un suelo; se revisó el capítulo 687B del NRS y no contiene ninguno, pero es un capítulo del Título 57 y no el título completo. |
| Regulador | Nevada Division of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nevada →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La culpa compartida reduce la indemnización en Nuevo Brunswick, pero nunca la extingue. «Where by the fault of two or more persons damage or loss is caused to one or more of them, the liability to make good the damage or loss is in proportion to the degree in which each person was at fault but if, having regard to all the circumstances of the case, it is not possible to establish different degrees of fault, the liability shall be apportioned equally», y nada de ese artículo opera «so as to render any person liable for any damage or loss to which his fault has not contributed» (Contributory Negligence Act, R.S.N.B. 1973, c. C-19, s. 1(1) y (2)). Ningún porcentaje impide reclamar. Cuando dos o más personas resultan culpables, «they are jointly and severally liable to the person suffering the damage or loss» y contribuyen entre sí en proporción a su falta (s. 2(2)), de modo que quien reclama puede cobrar toda la indemnización minorada de uno solo de varios conductores culpables. La falta y sus grados son cuestiones de hecho (s. 5) y «unless the judge otherwise directs, the liability for costs of the parties shall be in the same proportion as the liability to make good the loss or damage» (s. 7(2)), que es el coste práctico de una declaración de culpa parcial. El texto leído es la consolidación del editor a 1 de septiembre de 2011. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] La misma regla general cubre la reclamación del vehículo: Nuevo Brunswick no separa los relojes. Dos años desde el descubrimiento y nunca más de quince desde el acto u omisión, lo que ocurra primero (s. 5(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [3] «No claim shall be brought after the earlier of (a) two years from the day on which the claim is discovered, and (b) fifteen years from the day on which the act or omission on which the claim is based occurred», y la reclamación se descubre cuando quien reclama supo por primera vez, o razonablemente debió saber, que la pérdida se produjo, que la causó o contribuyó a ella un acto u omisión y que ese acto u omisión era del demandado (Limitation of Actions Act, S.N.B. 2009, c. L-8.5, s. 5(1) y (2)). El test de descubrimiento tiene tres elementos donde el de la vecina Nueva Escocia tiene cuatro: Nuevo Brunswick no exige saber que la pérdida es lo bastante grave para justificar un proceso, así que el reloj puede arrancar antes aquí con hechos idénticos. El acto u omisión continuado se considera un acto u omisión distinto cada día que continúa (s. 6). Nada de lo leído establece un equivalente de la facultad judicial de Nueva Escocia para inadmitir la excepción de prescripción, y aquí no se afirma en ningún sentido. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [1] «Every action or proceeding against the insurer under this contract in respect of loss or damage to the automobile shall be commenced within two years next after the happening of the loss and not afterwards, and in respect of loss or damage to persons or property shall be commenced within two years next after the cause of action arose and not afterwards» (Insurance Act, condición legal 6(3)). Los dos años que aquí se publican son el reloj del daño al vehículo, que corre desde que se produjo la pérdida; el de la pérdida o daño a personas o bienes corre en cambio desde que nació la acción. Nótese la divergencia con Nueva Escocia y con Terranova y Labrador, cuya condición equivalente hace correr el plazo de indemnidad desde que un tribunal establece la responsabilidad del asegurado: las provincias atlánticas comparten el texto de estas condiciones legales, pero no sus disparadores. |
| Regulador | New Brunswick Financial and Consumer Services Commission |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nuevo Brunswick →
| Regla de culpa compartida | Pendiente de verificación NUEVO MÉXICO NO TIENE LEY DE CULPA COMPARATIVA, Y EL CAMPO ES «UNCLEAR» POR UNA RAZÓN DE FUENTE Y NO JURÍDICA. La regla es jurisprudencial. Nuevo México se caracteriza como estado de negligencia comparativa pura sobre la autoridad de Scott v. Rizzo, 1981-NMSC-021, 96 N.M. 682, 634 P.2d 1234, donde el Tribunal Supremo de Nuevo México resolvió que la negligencia comparativa «se adopta en esta jurisdicción y sustituye la regla del “todo o nada” de la negligencia concurrente» y que «un estándar de negligencia comparativa pura desplazará el derecho anterior en Nuevo México, y el demandante que reclame por negligencia ya no quedará totalmente excluido de la indemnización por su negligencia concurrente». Esa sentencia se leyó íntegra, con su cita oficial y su sala, en nmonesource.com —la plataforma de la New Mexico Compilation Commission, editor oficial del estado de los repertorios de apelación—, pero NO en un servidor operado por los tribunales, y este conjunto de datos solo registra como verificada una regla comparativa jurisprudencial cuando la sentencia se lee en el sitio propio del tribunal o en el GPO. El servidor judicial de Nuevo México resultó inservible: nmcourts.gov y supremecourt.nmcourts.gov responden ambos con una redirección 302 a 127.0.0.1. Así que el caso se nombra aquí como CARACTERIZACIÓN y el campo queda en «unclear» en lugar de afirmar un valor sobre un localizador que las reglas de este conjunto de datos no aceptan. Lo que sí aporta el legislador corrobora que no existe umbral porcentual: al abolir la responsabilidad solidaria se limita a hablar de «toda acción a la que se aplique la doctrina de la culpa comparativa» y no codifica ningún umbral (§ 41-3A-1(A)). Esa abolición importa por sí misma —«La responsabilidad de tales demandados será individual», y cada uno paga «solo la porción» igual a la razón de su propia culpa «respecto de la culpa total atribuida a todas las personas, incluidos demandantes, demandados y personas que no son parte en el proceso»—, de modo que quienes no son parte cuentan en el denominador. Cuatro excepciones restablecen la solidaridad, y la cuarta es abierta: el daño intencional, la responsabilidad vicaria, la responsabilidad objetiva por producto defectuoso y «los supuestos no cubiertos por los anteriores que tengan un fundamento sólido en el orden público» (§ 41-3A-1(C)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde que se conoció el daño [2] Cuatro años para «las interpuestas por daños a los bienes o por apropiación de bienes muebles o por reparación basada en fraude, y todas las demás acciones no previstas ni especificadas aquí de otro modo» (§ 37-1-4), y para los bienes el plazo es de CONOCIMIENTO por obra de otra sección: «en las acciones por daños a los bienes, o por su apropiación, la acción no se entenderá nacida hasta que el perjudicado haya descubierto el fraude, el error, el daño o la apropiación de que se trate» (§ 37-1-7). Esa sección no alcanza la lesión a la persona, de modo que un mismo choque puede arrancar dos plazos con dos reglas distintas. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años, y la sección en que vive se lee de forma extraña porque el plazo por lesiones es una cláusula al final de una disposición que trata sobre todo de fianzas: «Las acciones deben interponerse contra los fiadores de fianzas oficiales … dentro de dos años desde que la responsabilidad del principal … quede definitivamente establecida …, y por lesión a la persona o a la reputación de cualquiera, dentro de tres años» (§ 37-1-8). La regla de conocimiento del § 37-1-7 está limitada por sus propias palabras a los bienes y a la apropiación y aquí no se extiende; el § 37-1-1 sitúa este plazo en el nacimiento de la acción. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] Seis años para las «acciones fundadas en cualquier fianza, pagaré, letra de cambio u otro contrato por escrito» (§ 37-1-3(A)): la póliza misma, y el plazo contractual de primera parte más largo de su ronda. No alarga los plazos extracontractuales, y si alguna ley de Nuevo México fija un suelo a la cláusula de plazo para demandar a la aseguradora contenida en la propia póliza no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma. |
| Regulador | New Mexico Office of Superintendent of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nuevo México →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La conducta culpable del reclamante «no impide la recuperación, pero la indemnización se reduce en la proporción» que guarda con la conducta que causó el daño (C.P.L.R. § 1411). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] «acción para recuperar daños por lesión a bienes»: tres años (C.P.L.R. § 214(4)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] «acción para recuperar daños por lesión personal»: tres años (C.P.L.R. § 214(5)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] Plazo general de «la acción sobre una obligación o responsabilidad contractual» (C.P.L.R. § 213(2)); cuándo nace la acción de primera parte del régimen sin culpa lo rige jurisprudencia no leída para esta página. |
| Regulador | New York State Department of Financial Services |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nueva York →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La culpa compartida reduce la indemnización en Terranova y Labrador y nunca la impide. «Where by the fault of 2 or more persons damage or loss is caused to 1 or more of them, the liability to make good the damage or loss shall be in proportion to the degree in which each person was at fault» y, no obstante, «where, having regard to the circumstances of the case, it is not possible to establish different degrees of fault, the liability shall be apportioned equally» y «nothing in this section shall operate so as to make a person liable for damage or loss to which his or her fault has not contributed» (Contributory Negligence Act, R.S.N.L. 1990, c. C-33, s. 2(1) y (2)). Ningún porcentaje de culpa propia cierra la reclamación. Cuando dos o más resultan culpables, «they shall be jointly and individually liable to the person suffering damage or loss» —la fórmula antigua de la propia ley para la solidaridad— y contribuyen entre sí en proporción a su falta (s. 3). La falta y sus grados son cuestiones de hecho (s. 4) y las costas siguen el reparto salvo que el juez disponga otra cosa, con una compensación expresa cuando a una parte se le debe un exceso de daños y a la otra un exceso de costas (s. 8). Atención al localizador: aquí la regla de reparto es la s. 2, no la s. 1 ni la s. 3 como en las provincias vecinas. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [2] Un solo apartado cubre a la vez la lesión a una persona y el daño a bienes, así que la reclamación del vehículo corre en el mismo plazo de dos años y la calificación de la acción —contrato, responsabilidad extracontractual o deber legal— no altera el plazo (s. 5(a)). El daño a bienes también se nombra en el artículo de aplazamiento, de modo que rigen el mismo disparador de descubrimiento y el mismo límite último de treinta años (ss. 14(1) y 22). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [2] Dos años, y el disparador viene de un segundo artículo. En su literalidad, la s. 5 hace correr el plazo desde «the date on which the right to do so arose» y veda tras dos años la acción «for damages in respect of injury to a person or property, including economic loss arising from the injury whether based on contract, tort or statutory duty» (Limitations Act, S.N.L. 1995, c. L-16.1, s. 5(a)). Pero en la lesión personal y el daño a bienes el plazo «does not begin to run against a person until the person knows or, considering all circumstances of the matter, ought to know that the person has a cause of action» (s. 14(1)), de modo que en la práctica es una regla de descubrimiento, formulada con un solo elemento frente a los cuatro de Nueva Escocia y los tres de Nuevo Brunswick. El límite último es la mayor divergencia de la región: «no action to which this Act applies shall be brought after the expiration of 30 years from the date on which the event which gave rise to the cause of action last occurred» (s. 22): treinta años, donde Nueva Escocia y Nuevo Brunswick imponen quince cada una. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [1] Dos años, desde dos disparadores distintos, y ninguno es el accidente en la reclamación de indemnidad. La acción contra la aseguradora «in respect of a claim for indemnification for liability to the insured … shall be started within 2 years after the liability of the insured is established by a court and not afterwards», mientras que «all other actions or proceedings against the insurer, under this contract, in respect of loss or damage to the automobile shall be started within 2 years from the time the loss or damage was sustained» (Automobile Insurance Act, condición legal sobre prescripción de acciones). Los dos años que aquí se publican son el reloj del daño al vehículo, que sí corre desde la pérdida. Esto sigue a Nueva Escocia y no a Nuevo Brunswick, cuya condición equivalente hace correr el plazo de indemnidad desde que nació la acción: tres provincias, un texto legal compartido, dos disparadores distintos. |
| Regulador | Office of the Superintendent of Insurance, Digital Government and Service NL |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Terranova y Labrador →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) La barrera de Dakota del Norte opera en la igualdad, y la sección se titula por lo que hace: «32-03.2-02. Culpa comparativa modificada. LA CULPA CONCURRENTE NO IMPIDE LA INDEMNIZACIÓN en una acción de cualquier persona para obtener daños por muerte o lesión a personas o bienes SALVO QUE LA CULPA FUERA TAN GRANDE COMO LA CULPA COMBINADA DE TODAS LAS DEMÁS PERSONAS QUE CONTRIBUYERON A LA LESIÓN, pero toda indemnización que se conceda DEBE REDUCIRSE EN PROPORCIÓN AL IMPORTE DE CULPA CONTRIBUTIVA ATRIBUIBLE A QUIEN RECUPERA. El tribunal podrá, y CUANDO LO SOLICITE CUALQUIER PARTE DEBERÁ, ordenar al jurado que emita veredictos especiales separados que determinen el importe de los daños y el porcentaje de culpa atribuible a CADA PERSONA, SEA O NO PARTE, que contribuyó a la lesión. … Cuando se declare que dos o más partes contribuyeron a la lesión, LA RESPONSABILIDAD DE CADA PARTE ES SOLO MANCOMUNADA Y NO SOLIDARIA, y cada parte responde únicamente por el importe de los daños atribuible a su porcentaje de culpa, SALVO QUE LAS PERSONAS QUE ACTÚEN DE FORMA CONCERTADA … RESPONDAN SOLIDARIAMENTE … A los efectos de esta sección, LA CULPA COMPRENDE LA NEGLIGENCIA, LA NEGLIGENCIA PROFESIONAL, LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA, LA RESPONSABILIDAD DEL EXPENDEDOR DE BEBIDAS, LA FALTA DE ADVERTENCIA, LA CONDUCTA TEMERARIA O DOLOSA, LA ASUNCIÓN DEL RIESGO, EL USO INDEBIDO DE UN PRODUCTO, LA FALTA DE EVITACIÓN DEL DAÑO y la responsabilidad por producto.» «Tan grande como» es la forma del 50 % en la convención de este conjunto de datos, así que UN CHOQUE REPARTIDO AL CINCUENTA POR CIENTO EN DAKOTA DEL NORTE NO RECUPERA NADA, el mismo grupo que Idaho, Kansas, Nebraska y Maine, y lo contrario de Montana, Vermont, Iowa, Virginia Occidental y Hawái. TRES MATICES TIRAN EN DIRECCIONES DISTINTAS Y LOS TRES PERTENECEN A ESTA FILA. La comparación es con la culpa COMBINADA de todos los que contribuyeron, lo que AYUDA al reclamante frente a varios demandados, a diferencia del § 6-803(3) de Idaho, donde la culpa de cada demandado se compara individualmente y un reclamante puede perder frente a dos demandados que juntos le superan. Pero el jurado reparte la culpa entre todas las personas que contribuyeron «SEAN O NO PARTE», de modo que la cuota de un conductor ausente, no identificado o inmune entra en el denominador; entre demandados la responsabilidad es SOLO MANCOMUNADA fuera de la actuación concertada, así que el reclamante soporta la cuota de un codemandado insolvente; y «culpa» se define con amplitud suficiente para alcanzar la ASUNCIÓN DEL RIESGO y la FALTA DE EVITACIÓN DEL DAÑO, y no solo la negligencia. Y HAY UNA EXCEPCIÓN QUE ENCAJA EXACTAMENTE CON EL GOLPE DE TRÁFICO CORRIENTE Y QUE NO APARECE EN NINGUNA OTRA JURISDICCIÓN DE ESTE CONJUNTO DE DATOS: «32-03.2-02.1. Responsabilidad por daños en accidente de automóvil. NO OBSTANTE LA SECCIÓN 32-03.2-02, en una acción de cualquier persona para obtener daños directos e indirectos por daño a bienes, LOS DAÑOS NO PODRÁN REDUCIRSE EN PROPORCIÓN AL IMPORTE DE CULPA CONTRIBUTIVA ATRIBUIBLE A QUIEN RECUPERA, NI DE OTRO MODO, SI: 1. Quien pide los daños reclama daños materiales derivados de UN ACCIDENTE DE AUTOMÓVIL EN EL QUE DOS PERSONAS TIENEN CULPA; 2. Quien pide los daños pretende recuperar DAÑOS MATERIALES FÍSICOS DIRECTOS DE NO MÁS DE CINCO MIL DÓLARES Y DAÑOS MATERIALES FÍSICOS INDIRECTOS QUE NO EXCEDAN DE MIL DÓLARES; y 3. EL PORCENTAJE DE CULPA DE LA PERSONA FRENTE A LA QUE SE RECLAMA SUPERA EL CINCUENTA POR CIENTO. Esta sección se aplica con independencia de que quien reclama … pida además daños por lesión personal; NO OBSTANTE, LOS DAÑOS POR LESIÓN PERSONAL NO ESTÁN DISPONIBLES AL AMPARO DE ESTA SECCIÓN.» Las tres condiciones son acumulativas y deben enunciarse juntas; dentro de ellas una reclamación material pequeña se paga íntegra, sin reducción alguna por la cuota del propio reclamante. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [2] Seis años: «Acciones con plazo de seis años. Las siguientes acciones deben ejercitarse DENTRO DE SEIS AÑOS DESDE QUE NACIÓ LA PRETENSIÓN: … 4. La acción por TOMAR, RETENER O DAÑAR BIENES O EFECTOS MUEBLES, incluidas las acciones de recuperación específica de bienes muebles» (§ 28-01-16(4)). DAKOTA DEL NORTE ES UN ESTADO DE RELOJ ÚNICO EN EL LADO EXTRACONTRACTUAL —los mismos seis años para el cuerpo y para el coche—, LO QUE LO DISTINGUE NÍTIDAMENTE DE SUS DOS VECINOS DE ESTA RONDA: Idaho divide en dos y tres, Montana en tres y dos, y los dos corren en direcciones opuestas. Seis años igualan a Maine como el reloj extracontractual más largo de cualquier fila estadounidense de este conjunto de datos. ATENCIÓN A LO QUE ESTE PLAZO NO RIGE: la reclamación de prestaciones sin culpa básicas o de exceso opcional corre por el § 26.1-41-19, que desplaza los seis años «no obstante cualquier plazo prescrito en otro lugar de la legislación de este estado», de modo que Dakota del Norte tiene dos regímenes en paralelo y una fila que publicara seis años para todo se equivocaría en el lado de primera parte. |
| Plazo para demandar por lesiones | 6 años desde el accidente [2] Seis años desde el nacimiento de la acción y, como en Montana y Wyoming, la reclamación por lesión personal llega a través de un apartado RESIDUAL y no de una sección que la nombre: «5. La acción por conversación criminal o por CUALQUIER OTRA LESIÓN A LA PERSONA O A LOS DERECHOS DE OTRO QUE NO NAZCA DE CONTRATO, CUANDO NO SE DISPONGA EXPRESAMENTE OTRA COSA» (§ 28-01-16(5)). LA RESERVA FINAL ES PORTANTE Y NO UN ADORNO: «cuando no se disponga expresamente otra cosa» es precisamente lo que el § 26.1-41-19(4) usa para desplazar este plazo en las reclamaciones de prestaciones sin culpa, de modo que los seis años rigen la reclamación EXTRACONTRACTUAL frente al otro conductor y no una reclamación de prestaciones frente a la propia aseguradora. Nótese además la forma de la propia reclamación extracontractual en un estado sin culpa: los seis años no sirven para el perjuicio no patrimonial salvo que la lesión sea una «serious injury» del § 26.1-41-01(21), y solo sirven para la pérdida económica que exceda de lo que las prestaciones sin culpa pagaron o vayan a pagar. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde que se conoció el daño [3] DOS AÑOS DESDE EL DESCUBRIMIENTO CON UN LÍMITE EXTERIOR DE CUATRO AÑOS DESDE EL ACCIDENTE, «EL QUE SEA ANTERIOR», Y LA ESTRUCTURA ES LA CONTRARIA DEL «EL QUE SEA POSTERIOR» FAVORABLE AL RECLAMANTE DE HAWÁI, LO QUE HACE DE LA DE DAKOTA DEL NORTE LA MÁS PELIGROSA DE LAS DOS SI SE LEE MAL. «26.1-41-19. Prescripción de acciones. 1. SI NO SE HAN PAGADO PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS NI DE EXCESO OPCIONAL por la pérdida, la acción por las prestaciones puede ejercitarse A MÁS TARDAR DOS AÑOS DESPUÉS DE QUE EL LESIONADO SUFRA LA PÉRDIDA Y SEPA, O CON DILIGENCIA RAZONABLE DEBIERA SABER, QUE LA PÉRDIDA FUE CAUSADA POR EL ACCIDENTE, O A MÁS TARDAR CUATRO AÑOS DESPUÉS DEL ACCIDENTE, EL QUE SEA ANTERIOR. SI SE HAN PAGADO PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS O DE EXCESO OPCIONAL por la pérdida, la acción para recuperar prestaciones adicionales por esa pérdida, por el mismo o por otro reclamante, PUEDE EJERCITARSE A MÁS TARDAR CUATRO AÑOS DESPUÉS DEL ÚLTIMO PAGO DE PRESTACIONES.» Así que una reclamación pagada dispone de cuatro años desde el ÚLTIMO PAGO, mientras que una no pagada queda atrapada por el que de los dos plazos expire primero. El campo lleva el plazo de dos años desde el descubrimiento porque es el que muerde primero en el caso ordinario; el tope de cuatro años y la regla de los cuatro años desde el último pago se enuncian aquí porque ninguno puede representarse con un solo valor. DOS PLAZOS MÁS DE LA MISMA SECCIÓN SE HACEN CONSTAR SIN PUBLICARSE: el apartado 2 añade plazos propios de dos y seis años para las prestaciones de supervivientes, y el apartado 3 concede al reclamante de una reclamación asignada SESENTA DÍAS desde el aviso escrito de rechazo. Y ESTA SECCIÓN RESUELVE EL CONFLICTO ANTES DE QUE SURJA: «4. LOS PLAZOS PRESCRITOS EN ESTA SECCIÓN RIGEN TODAS LAS ACCIONES POR PRESTACIONES SIN CULPA BÁSICAS Y DE EXCESO OPCIONAL AL AMPARO DE ESTE CAPÍTULO, NO OBSTANTE CUALQUIER PLAZO PRESCRITO EN OTRO LUGAR DE LA LEGISLACIÓN DE ESTE ESTADO», de modo que desplaza los seis años del § 28-01-16 solo para las reclamaciones de prestaciones, y los seis años del § 28-01-16(1) sobre «un contrato, obligación o responsabilidad, expresa o implícita» siguen siendo la vía de una disputa contractual con la aseguradora que no sea de prestaciones. |
| Regulador | North Dakota Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Dakota del Norte →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura Culpa concurrente: la reclamación «no queda derrotada por la culpa de quien sufre el daño», pero la indemnización se reduce «en la medida que el tribunal considere justa y equitativa» (Law Reform (Miscellaneous Provisions) Act (Northern Ireland) 1948, s. 2(1)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [1] Acciones fundadas en responsabilidad extracontractual (Limitation (Northern Ireland) Order 1989, art. 6(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años desde que nació la acción o, si es posterior, desde la fecha de conocimiento del lesionado (art. 7). |
| Regulador | Financial Conduct Authority (conduct) · Financial Ombudsman Service (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Irlanda del Norte →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La culpa compartida reduce la indemnización en Nueva Escocia y nunca la impide. «Where by the fault of two or more persons damage or loss is caused to one or more of them, the liability to make good the damage or loss is in proportion to the degree in which each person was at fault but if, having regard to all the circumstances of the case, it is not possible to establish different degrees of fault, the liability shall be apportioned equally», y nada de ese artículo hace responsable a nadie por un daño al que su falta no haya contribuido (Contributory Negligence Act, R.S.N.S. 1989, c. 95, s. 3(1) y (2)). No hay porcentaje que cierre la reclamación. El tribunal determina el grado de falta de cada persona (s. 4) y el importe de la pérdida, la falta y los grados de falta son cuestiones de hecho (s. 5). Un detalle propio de Nueva Escocia está en las costas: cuando los daños se deben a la falta de más de una parte, el tribunal «has power to direct that the plaintiff shall bear some portion of the costs if the circumstances render this just» (s. 6), una facultad discrecional y no la proporcionalidad automática que aplica la vecina Nuevo Brunswick. Primero se reparte conforme a la c. 95 y después se aplica al componente no patrimonial el tope por lesión leve. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [2] La misma regla general cubre los bienes: Nueva Escocia no separa los relojes. Dos años desde el descubrimiento y nunca más de quince desde el acto u omisión, lo que ocurra primero (s. 8(1)). La carga de la prueba se reparte entre los dos elementos —quien reclama prueba que lo hizo dentro del plazo de descubrimiento y el demandado prueba que lo hizo fuera del de quince años (s. 9)— y la facultad discrecional del s. 12 alcanza solo a las reclamaciones por daños personales, de modo que no salva una reclamación tardía por el daño del vehículo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [2] La reclamación «may not be brought after the earlier of (a) two years from the day on which the claim is discovered; and (b) fifteen years from the day on which the act or omission on which the claim is based occurred» (Limitation of Actions Act, S.N.S. 2014, c. 35, s. 8(1)). El test de descubrimiento tiene cuatro elementos y el cuarto es el que mueve la fecha inicial en una reclamación de tejidos blandos: quien reclama debe haber sabido, o razonablemente debido saber, que la pérdida se produjo, que la causó o contribuyó a ella un acto u omisión, que ese acto u omisión era del demandado y «that the injury, loss or damage is sufficiently serious to warrant a proceeding» (s. 8(2)). Solo en las reclamaciones por daños personales, el tribunal «may disallow a defence based on the limitation period and allow the claim to proceed if it appears to the court to be just» según un balance de perjuicios, pero nunca «if the claim is brought more than two years after the expiry of the limitation period» (s. 12(2) y (3) y (6)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [4] Dos años, y la cifra esconde dos disparadores distintos, ninguno de los cuales es el accidente en la reclamación de indemnidad. Toda acción contra la aseguradora «in respect of a claim for indemnification for liability of the insured … shall be commenced within two years after the liability of the insured is established by a court of competent jurisdiction and not afterwards», mientras que «every other action or proceeding against the insurer under the contract in respect of loss or damage to the automobile shall be commenced within two years from the time the loss or damage was sustained» (Automobile Insurance Contract Mandatory Conditions Regulations, condición obligatoria 6(3)). Los dos años que aquí se publican son el reloj del daño al vehículo, que sí corre desde la pérdida; el de indemnidad empieza solo cuando un tribunal ha establecido la responsabilidad del asegurado, por lo que decir «dos años desde el accidente» sería erróneo para él. |
| Regulador | Nova Scotia Superintendent of Insurance (Department of Finance and Treasury Board) |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Nueva Escocia →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La etiqueta es la más próxima de que dispone el conjunto de datos, pero la ley no fija ningún porcentaje y la regla debe leerse en sus propios términos comparativos: la negligencia contributiva «no impedirá la recuperación, salvo que la negligencia de la persona lesionada, dañada o fallecida sea de mayor grado que la negligencia de la persona, firma o sociedad causante del daño, o salvo que … sea de mayor grado que la negligencia combinada de las personas, firmas o sociedades causantes del daño» (23 O.S. § 13). La culpa igual no queda excluida. En el caso de varios demandados la comparación es contra su negligencia COMBINADA, de modo que un reclamante con el 40 % frente a dos demandados con el 30 % cada uno no queda excluido aunque sea individualmente el más negligente. Por debajo del umbral, la recuperación «se reducirá en proporción» (§ 14), y la culpa compartida es cuestión para el jurado «en todos los casos sin excepción» (§ 12). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [3] Dos años desde el nacimiento de la acción para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes muebles, incluidas las acciones de recuperación específica» (12 O.S. § 95(A)(3)): en el mismo apartado y bajo el mismo encabezamiento «En dos (2) años» que la reclamación por lesiones. Oklahoma es un estado de un solo reloj: no hay un plazo patrimonial más largo al que acogerse, y la reclamación por el vehículo no sobrevive a la de lesiones. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] Dos años por la cláusula residual de negligencia del mismo apartado, «una acción por lesión a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté enumerada más adelante» (12 O.S. § 95(A)(3)). El plazo de un año del apartado siguiente se comprobó y se rechazó: el § 95(A)(4) alcanza a «la difamación, la calumnia, la agresión, las lesiones, la persecución maliciosa o la detención ilegal» —los ilícitos intencionales por su nombre— y una lesión causada por negligencia no es ninguno de ellos. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 5 años desde el accidente [3] Cinco años para «cualquier contrato, acuerdo o promesa por escrito» (12 O.S. § 95(A)(1)), y a diferencia de sus equivalentes en otros estados el apartado no se limita a la acción por deuda. Pero es el respaldo legal, no el plazo operativo: rige la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza, con el suelo del 36 O.S. § 3617 por límite: es nula la cláusula que «impida interponer una acción contra tal aseguradora por más de seis (6) meses desde el nacimiento de la acción», como también la que reduzca el plazo por debajo de dos años en seguros distintos de los de daños, o por debajo de un año desde la fecha del hecho en los de daños, y la cláusula nula «no afectará a la validez de las demás disposiciones de la póliza». Conviene leer la cláusula de plazo de la póliza, porque ese plazo, con ese suelo por límite, es el que se va a discutir. |
| Regulador | Oklahoma Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Oklahoma →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura Cuando la propia culpa del demandante contribuyó, «el tribunal repartirá la indemnización en proporción al grado de culpa o negligencia de cada parte» (Negligence Act, s. 3). La recuperación de los daños del vehículo ante tu propia aseguradora se basa también «en el grado de culpa» según las Fault Determination Rules (Insurance Act, s. 263(3)). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [1] Dos años desde el día en que se descubrió la reclamación (Limitations Act, 2002, s. 4), y nunca más de 15 años desde el acto u omisión (s. 15(2)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde que se conoció el daño [1] Mismo plazo básico de dos años; la reclamación se descubre cuando la persona supo, o debió saber, que la lesión ocurrió, que la causó un acto u omisión del demandado y que un proceso era el remedio adecuado (s. 5). |
| Regulador | Financial Services Regulatory Authority of Ontario (FSRA) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Ontario →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La negligencia contributiva no impide la indemnización «si la culpa atribuible al reclamante no era mayor que la culpa combinada de todas las personas indicadas en el apartado (2)», y en otro caso la indemnización se reduce en proporción a la culpa propia (ORS 31.600(1)). La comparación se hace contra la culpa combinada de todos los enumerados, no contra un solo demandado. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [3] El daño al vehículo es «una acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles» y prescribe a los seis años (ORS 12.080(4)): el triple del plazo por lesiones. Un plazo absoluto de diez años se superpone a ambas partidas sin prorrogar ninguna (ORS 12.115). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [3] «Una acción por agresión, lesión, detención ilegal, o por cualquier lesión a la persona o a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté especialmente enumerada en este capítulo, deberá iniciarse en dos años» (ORS 12.110(1)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [3] Seis años sobre la póliza como contrato (ORS 12.080(1)); la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza puede ser más corta y no se leyó, y no se buscó si el derecho de Oregón fija un suelo a esa cláusula. La reclamación frente a conductores sin seguro o con seguro insuficiente tiene un reloj mucho más corto y muy distinto: según el ORS 742.504(12)(a) no nace acción alguna salvo que, dentro de los dos años siguientes al accidente, se haya acordado el importe debido, se haya instado formalmente el arbitraje, se haya presentado demanda contra la aseguradora o se haya demandado al conductor sin seguro; y negociar con la propia aseguradora no es ninguna de esas cuatro cosas. |
| Regulador | Oregon Division of Financial Regulation |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Oregón →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La negligencia contributiva no impide la recuperación «cuando no sea mayor que la negligencia causal del demandado»; la indemnización se reduce en proporción (42 Pa.C.S. § 7102(a)). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] «Acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles»: dos años (42 Pa.C.S. § 5524(3)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] «Acción por lesiones a la persona o por la muerte de una persona causada por el acto ilícito o negligencia de otro»: dos años (42 Pa.C.S. § 5524(2)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 4 años desde el accidente [1] Acción por prestaciones de primera parte impagadas: cuatro años desde el accidente, o desde el último pago si hubo alguno (75 Pa.C.S. § 1721(a)); la acción general sobre la póliza como contrato escrito también prescribe a los cuatro años (42 Pa.C.S. § 5525(a)(8)). |
| Regulador | Pennsylvania Insurance Department |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Pensilvania →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura «Si la imprudencia sólo hubiere concurrido en la producción del daño, la indemnización será reducida por el juez, según las circunstancias» (Código Civil art. 1973): ningún umbral impide recuperar y el código no fija porcentaje alguno. Si esa imprudencia fue el hecho determinante del daño bajo el supuesto objetivo del art. 1970, no hay obligación de reparar (art. 1972). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [1] «Prescriben, salvo disposición diversa de la ley: … 4.- A los dos años … la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual» (Código Civil art. 2001 inc. 4, modificado por la Ley 30179 del 6 de abril de 2014). El mismo plazo cubre el daño al vehículo y las lesiones. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] Misma regla de dos años del art. 2001 inc. 4 para la acción indemnizatoria extracontractual. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [4] Esto rige solo para el SOAT: el derecho a solicitar a la compañía de seguros la indemnización obligatoria «se extingue dentro del plazo de prescripción de la acción indemnizatoria por responsabilidad extracontractual, conforme al numeral 4 del artículo 2001 del Código Civil» (TUO art. 18, sustituido por el D.S. 009-2019-MTC) y, tratándose de muerte, ese plazo no se inicia hasta que vence el deber de publicación y comunicación del art. 42. Es un plazo distinto del de las acciones fundadas en el contrato de seguro, que prescriben a los diez años desde el siniestro (Ley 29946 art. 78); aquí no se mezclan. |
| Regulador | Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Perú →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura El reparto se hace por la gravedad de la culpa de cada parte, no por un porcentaje de causalidad: «lorsque le préjudice est causé par plusieurs personnes, la responsabilité se partage entre elles en proportion de la gravité de leur faute respective. La faute de la victime, commune dans ses effets avec celle de l’auteur, entraîne également un tel partage» (Código Civil de Quebec, art. 1478). No hay barrera en ningún porcentaje, y la regla alcanza al daño material, porque la acción por lesión corporal está abolida. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [3] Tres años para la acción que hace valer un derecho personal cuando no hay otro plazo fijado (Código Civil de Quebec, art. 2925); cuando el perjuicio «se manifeste graduellement ou tardivement», el plazo corre desde el día en que se manifiesta por primera vez (art. 2926). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [1] Se trata de una solicitud a un asegurador público, no de una demanda: la acción por lesión corporal está abolida, y el derecho a la indemnización de la SAAQ «se prescrit par trois ans à compter de l’accident ou de la manifestation du préjudice et, dans le cas d’une indemnité de décès, à compter du décès» (Loi sur l’assurance automobile, art. 11). La solicitud a la Société interrumpe la prescripción del Código Civil hasta que se dicte una decisión definitiva. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [3] La acción sobre el contrato de seguro no tiene plazo especial, de modo que rige el plazo general de tres años del art. 2925, con el art. 2926 retrasando su inicio cuando el perjuicio aparece tardíamente. El Código Civil no fija un plazo contractual más corto. |
| Regulador | Autorité des marchés financiers (AMF) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Quebec →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura EN RHODE ISLAND NO HAY BARRERA EN NINGÚN PORCENTAJE. «§ 9-20-4. Negligencia comparativa. En todas las acciones que en adelante se ejerciten por lesiones personales, o cuando las lesiones personales hayan causado la muerte, O POR DAÑO A LOS BIENES, el hecho de que la persona lesionada, o el propietario de los bienes o quien tuviera su control, PUDIERA NO HABER ACTUADO CON LA DILIGENCIA DEBIDA, O EL HECHO DE QUE EL PELIGRO O EL DEFECTO FUERA EVIDENTE Y MANIFIESTO, NO IMPEDIRÁ LA INDEMNIZACIÓN, PERO EL JUZGADOR DE LOS HECHOS REDUCIRÁ LOS DAÑOS EN PROPORCIÓN AL IMPORTE DE NEGLIGENCIA ATRIBUIBLE A LA PERSONA LESIONADA.» La sección dice únicamente que la culpa concurrente «no impedirá la indemnización» y que los daños se reducen proporcionalmente, SIN UMBRAL ALGUNO EN TODO SU TEXTO, de modo que UN RECLAMANTE DE RHODE ISLAND CON EL NOVENTA POR CIENTO DE CULPA RECUPERA AÚN EL DIEZ POR CIENTO. Eso sitúa a Rhode Island con Nuevo México y frente a todos los demás estados promovidos en la misma ronda: Idaho, Maine y Dakota del Norte excluyen en la igualdad, Montana y Vermont por encima del cincuenta por ciento. Nótese que la sección cubre expresamente el DAÑO A LOS BIENES además de la lesión personal y la muerte, de modo que la misma regla rige la reclamación por el coche. Y ATENCIÓN A LO QUE AÑADIERON LAS REFORMAS DE 2019, porque es reciente, legal y fácil de pasar por alto: las palabras «o el hecho de que el peligro o el defecto fuera evidente y manifiesto no impedirá la indemnización», que SUPRIMEN LA DEFENSA DE LO EVIDENTE Y MANIFIESTO COMO CAUSA DE EXCLUSIÓN. La línea de historia es «P.L. 1971, ch. 206, § 1; P.L. 1972, ch. 18, § 1; P.L. 2019, ch. 185, § 1; P.L. 2019, ch. 256, § 1», y el emparejamiento de dos capítulos idénticos de 2019 es la costumbre legislativa de Rhode Island: todo cambio sustantivo leído para esta fila llega como un par de capítulos gemelos, así que deben citarse ambos o ninguno. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 10 años desde el accidente [3] DIEZ AÑOS, Y ES EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN MÁS LARGO DE CUALQUIER FILA DE ESTE CONJUNTO DE DATOS, POR CUATRO AÑOS DE DIFERENCIA. UN REVISOR SENTIRÁ LA TENTACIÓN DE TRATARLO COMO UN ERROR; ES EL TEXTO, Y NO SON TRES. «§ 9-1-13. Prescripción de acciones en general — Responsabilidad por producto. (a) SALVO LO QUE SE DISPONGA ESPECIALMENTE, TODAS LAS ACCIONES CIVILES SE EJERCITARÁN DENTRO DE LOS DIEZ (10) AÑOS SIGUIENTES AL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN Y NO DESPUÉS.» RHODE ISLAND NO TIENE APARTADO PROPIO PARA LOS DAÑOS A LOS BIENES: el § 9-1-14 solo cubre las «palabras dichas» en su apartado (a) y las «lesiones a la persona» en su apartado (b), de modo que NO HAY EN ÉL PLAZO ALGUNO DE TRES AÑOS PARA LOS DAÑOS AL VEHÍCULO, y la reclamación por el daño a un coche cae en los diez años residuales del § 9-1-13(a), igual que la acción sobre la póliza como contrato. Todo resumen que dé tres años para los daños al vehículo en Rhode Island ha trasladado allí el plazo de las lesiones. ESTA FILA ES DELIBERADAMENTE PRUDENTE EN UN PUNTO Y LO DICE EN LUGAR DE AFIRMAR DE MÁS: NO sostiene que nada más en el derecho de Rhode Island «disponga especialmente» sobre los daños al vehículo, porque no se hizo búsqueda a texto completo del título 9; un plazo de diez años es lo bastante inusual como para cerrar la reserva en lugar de darla por vacía. Nótese además que el apartado (b), los diez años desde la primera compra para las reclamaciones por producto, lleva del publicador la marca «[Ruled unconstitutional, see case notes]» y NO se invoca aquí; la marca se cita como aparato del publicador y no se leyó ninguna sentencia. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años desde el nacimiento de la acción: «(b) LAS ACCIONES POR LESIONES A LA PERSONA SE EJERCITARÁN Y DEMANDARÁN DENTRO DE LOS TRES (3) AÑOS SIGUIENTES AL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN Y NO DESPUÉS, salvo lo previsto en el apartado (c) de esta sección. No obstante cuanto aquí se diga, toda reclamación basada en abuso o explotación sexual de un menor se regirá por el § 9-1-51» (§ 9-1-14(b)). CONVIENE CITAR EL APARTADO (b) Y NO LA SECCIÓN: el apartado (a) de la misma sección es el plazo de UN AÑO para las «palabras dichas», que es lo que produce una lectura descuidada del «§ 9-1-14». Y ATENCIÓN A LO QUE LA SECCIÓN NO CONTIENE: no hay en ella apartado alguno sobre daños a los bienes, razón por la cual la reclamación por el vehículo corre por los diez años residuales del § 9-1-13(a) y no por estos tres. Quien suponga un único plazo de Rhode Island para todo el siniestro se equivocará en un sentido o en el otro. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] TRES AÑOS, PRORROGABLES EN OTROS 120 DÍAS SOLO EN EL CASO DE LA ACCIÓN DIRECTA, Y LAS CONDICIONES DEBEN ENUNCIARSE CON EXACTITUD, PORQUE LA PRÓRROGA NO ES UN PLAZO DE GRACIA GENERAL. «(c) En cuanto a la acción por lesiones personales en que el perjudicado tenga derecho a proceder contra una aseguradora conforme al § 27-7-2, CUANDO LA ACCIÓN SE HAYA INTERPUESTO POR LO DEMÁS CORRECTAMENTE CONTRA UN ASEGURADO DENTRO DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN ESTA SECCIÓN, Y EL EMPLAZAMIENTO AL ASEGURADO CAUSANTE SE HAYA DEVUELTO COMO “NON EST INVENTUS” Y SE HAYA PRESENTADO ANTE EL TRIBUNAL, ENTONCES EL PLAZO LEGAL PARA INTERPONER UNA ACCIÓN AL AMPARO DEL § 27-7-2 DIRECTAMENTE CONTRA UNA ASEGURADORA SE PRORROGARÁ CIENTO VEINTE (120) DÍAS ADICIONALES desde la expiración del plazo previsto en el apartado (b) de esta sección» (§ 9-1-14(c)): una prórroga de 120 días que no se halla en ninguna otra jurisdicción de este conjunto de datos. Las tres condiciones son acumulativas: la demanda debe haberse interpuesto YA correctamente contra el asegurado dentro de los tres años, Y el emplazamiento al causante debe haberse devuelto como «non est inventus», Y esa devolución debe haberse presentado ante el tribunal. LA REGLA DE NO ACUMULACIÓN ES LA RAZÓN DE SER DEL MECANISMO Y SE PUBLICA CON ÉL: el perjudicado, «en su demanda contra el asegurado, NO ACUMULARÁ A LA ASEGURADORA COMO DEMANDADA», y solo puede proceder directamente contra ella cuando el emplazamiento se devuelva como «non est inventus», o en tres supuestos de fallecimiento del asegurado, o «tras haber obtenido sentencia contra el asegurado solo … en una acción separada contra la aseguradora»; y «los plazos para interponer tales acciones se regirán por lo dispuesto en el § 9-1-14 según corresponda, incluida … cualquier prórroga del plazo de prescripción por lesiones a la persona prevista en el § 9-1-14(c)» (§ 27-7-2). UNA DISPUTA DE PRIMERA PARTE SOBRE LA PROPIA PÓLIZA ES OTRO RELOJ Y SE NOMBRA POR SEPARADO: la acción sobre la póliza como contrato cae en los DIEZ años residuales del § 9-1-13(a). |
| Regulador | Rhode Island Department of Business Regulation, Insurance Division |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Rhode Island →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura En las acciones por daño material y en la reclamación planteada en el régimen elegido de responsabilidad civil, «the liability to make good the damage or loss is in proportion to the degree in which each person was at fault, but if, having regard to all the circumstances of the case, it is not possible to establish different degrees of fault, the liability shall be apportioned equally», y nada hace responder a una persona por un daño al que su culpa no contribuyó (Contributory Negligence Act, s. 2). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde que se conoció el daño [3] Dos años desde el descubrimiento (Limitations Act, s. 5), con el test de cuatro elementos del s. 6(1) y con un rasgo propio de Saskatchewan que perjudica a quien reclama: se presume que conocía los elementos de las letras (a) a (d) «on the day on which the act or omission on which the claim is based took place, unless the contrary is proved» (s. 6(2)). No puede iniciarse ningún proceso después de quince años desde el acto u omisión (s. 7(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] En el régimen sin culpa por defecto es un plazo para solicitar, no un plazo de prescripción: quien reclama debe pedir la prestación «within two years after the date of the accident» o, si un profesional observa dentro de esos dos años síntomas que no eran aparentes inmediatamente después del accidente, en los dos años siguientes a esa primera observación; la reclamación por fallecimiento corre dos años desde la muerte y quien era menor tiene dos años desde que cumple dieciocho (Automobile Accident Insurance Act, s. 164(1)-(3)). Quien ha presentado una tort election demanda en su lugar, y a esa acción se aplica el plazo de dos años desde el descubrimiento de la Limitations Act. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 90 días desde el rechazo [1] Es mucho más corto que cualquier plazo general de prescripción: quien reclama puede apelar la decisión de la aseguradora «to either the Court of King’s Bench or the appeal commission within the later of: (a) 90 days after the date of insurer’s written decision; and (b) if a claimant has requested mediation … 90 days after the date of the mediator’s written statement … declaring that the mediation is completed» (Automobile Accident Insurance Act, s. 191(1)), y elegir el tribunal cierra la vía de la comisión (s. 191(2)). La mediación debe pedirse dentro de los 90 días siguientes a la decisión escrita (s. 190(2)). Dos decisiones tienen 180 días en su lugar: las prestaciones retenidas tras una acusación penal (s. 107(4)) y la determinación de responsabilidad de una persona no residente (s. 109(2)). |
| Regulador | Saskatchewan Government Insurance (SGI) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Saskatchewan →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La Law Reform (Contributory Negligence) Act 1945 se aplica en Escocia (s. 5): la indemnización se reduce «en la medida que el tribunal considere justa y equitativa» según la parte de responsabilidad del demandante. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 5 años desde el accidente [1] La obligación de reparar se extingue cuando ha subsistido cinco años continuos sin reclamación ni reconocimiento (Prescription and Limitation (Scotland) Act 1973, s. 6(1)). |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años desde que se sufrieron las lesiones o, si es posterior, desde que el demandante conoció —o pudo razonablemente conocer— los hechos esenciales (s. 17(2)). |
| Regulador | Financial Conduct Authority (conduct) · Financial Ombudsman Service (complaints) |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Escocia →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La barrera es jurisprudencial, no legal: «Para todas las acciones nacidas a partir del 1 de julio de 1991, el demandante en una acción por negligencia puede recuperar daños si su negligencia no es mayor que la del demandado. El importe de la recuperación del demandante se reducirá en proporción a su negligencia» (Nelson v. Concrete Supply Co., 303 S.C. 243, 245, 399 S.E.2d 783, 784 (1991), citado con su página por el Tribunal de Apelaciones). «No mayor que» es la forma del 51 %: quien tenga exactamente la mitad de la culpa recupera la mitad, y quien tenga el cincuenta y uno por ciento no recupera nada. El reparto es cuestión de hecho para el jurado cuando puedan extraerse inferencias contradictorias. No debe leerse el § 15-38-15 del S.C. Code como fuente de esa barrera: regula la responsabilidad solidaria entre demandados, y su propio apartado (C)(2) remite la cuota del demandante a las «reglas aplicables sobre negligencia comparativa». |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [5] Tres años para «una acción por sustracción, retención o daño de bienes o efectos, incluida la acción de recuperación específica de bienes muebles» (§ 15-3-530(4)). Corre desde el accidente, no desde el conocimiento: el momento inicial del § 15-3-535, «supo o con diligencia razonable debería haber sabido», está adscrito específicamente al apartado (5), el de lesiones personales, y aquí no se extiende más allá de sus propias palabras. El apartado (3) de la misma sección, referido a la intrusión o el daño en bienes inmuebles, es una disposición distinta. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [5] Tres años para «una acción por agresión, lesiones, o cualquier lesión a la persona o a los derechos de otro, que no nazca de contrato y no esté enumerada por la ley» (§ 15-3-530(5)), y el momento inicial es el conocimiento porque el § 15-3-535 lo adscribe a ese apartado en sus propios términos: «todas las acciones iniciadas al amparo del § 15-3-530(5) deben interponerse dentro de los tres años siguientes a que la persona supiera o con diligencia razonable debiera haber sabido que tenía una acción». La nota del editor en ambas secciones registra que el plazo se redujo de seis a tres años en 1988. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [5] Tres años para «una acción sobre un contrato, obligación o responsabilidad, expresa o implícita» (§ 15-3-530(1)): los mismos tres años que los plazos de responsabilidad civil, de modo que demandar a la propia aseguradora no otorga tiempo adicional, algo inusual en este conjunto de datos. Y el apartado que dejaría sin efecto la cláusula de plazo abreviado de una póliza «pese a cualquier cláusula, condición o limitación contenida en la póliza en contrario» es el § 15-3-530(8), que en su literalidad alcanza a las pólizas «de incendio o de vida» y por tanto no protege al asegurado que demanda al amparo de una póliza de automóvil. Conviene leer la cláusula de plazo de demanda de la póliza de auto, porque con este texto nada la desactiva. Si alguna otra disposición del Título 38 fija un suelo a esa cláusula no se ha verificado todavía contra un texto primario y aquí no se afirma; los capítulos 38-59, 38-61, 38-63 y 38-77 se leyeron íntegros y no contienen ninguna. |
| Regulador | South Carolina Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Carolina del Sur →
| Regla de culpa compartida | Pendiente de verificación LA REGLA DE CULPA COMPARTIDA DE DAKOTA DEL SUR NO CONTIENE NINGÚN PORCENTAJE, Y EL CAMPO ES «UNCLEAR» PORQUE NINGUNO DE LOS VALORES ENUMERADOS DE ESTE CONJUNTO DE DATOS LA DESCRIBE, no porque la ley esté sin leer. Se cita aquí literalmente para que el lector la vea: «En todas las acciones ejercitadas para obtener la indemnización de daños por lesiones a una persona o a los bienes de esa persona causados por la negligencia de otro, el hecho de que el demandante haya podido ser culpable de negligencia concurrente no impide la recuperación cuando la negligencia concurrente del demandante fue leve en comparación con la negligencia del demandado, pero en tal caso la indemnización se reducirá en proporción al importe de la negligencia concurrente del demandante. No obstante Woods vs. City of Crooks, 559 N.W.2d 558 (SD 1997), la determinación de si la negligencia concurrente del demandante fue leve en comparación con la del demandado se hará sin revelar, mediante interrogatorio especial, ninguna determinación del porcentaje de culpa del demandante» (§ 20-9-2, historia «SL 1941, ch 160; SDC Supp 1960, § 47.0304-1; SL 1964, ch 149; SL 1998, ch 125, § 1»). POR QUÉ NO OTRO DE LOS VALORES: no es «pure-comparative», porque la recuperación solo subsiste cuando la negligencia del reclamante fue LEVE; no es «contributory», porque la negligencia leve no impide la indemnización y los daños sí se reducen proporcionalmente; y no es «modified-50» ni «modified-51», porque la ley no fija ninguna cifra con la que comparar. Encajarla en un campo por analogía sería una importación, así que el enum se deja en «unclear» y la ley habla por sí misma, la misma disciplina que este conjunto de datos aplica a Nuevo México, donde la razón es una regla de localizador y no de encaje. LA SEGUNDA FRASE DE 1998 IMPORTA EN LA PRÁCTICA: como la comparación debe hacerse SIN interrogatorio especial que revele el porcentaje del demandante, lo que decide un jurado de Dakota del Sur es cualitativo y nunca se publica como cifra, de modo que cualquier porcentaje que encuentres atribuido a este estado viene de otra parte. Conviene leerla junto al § 58-33-67(6), que considera práctica desleal que la aseguradora no haga «una asignación de buena fe del grado de negligencia concurrente al determinar la cuestión de la responsabilidad». |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 6 años desde el accidente [2] SEIS AÑOS: el doble que el plazo de lesiones, y una de las separaciones más amplias de este conjunto de datos, con el orden INVERTIDO respecto de los estados en que el daño material es el plazo más corto. «Salvo que, en casos especiales, una ley prescriba un plazo distinto, las siguientes acciones civiles que no sean para la recuperación de bienes inmuebles solo pueden iniciarse dentro de seis años desde el nacimiento de la acción: … (4) La acción por tomar, retener o dañar cualesquiera bienes o efectos, incluidas las acciones para la recuperación específica de bienes muebles» (§ 15-2-13(4)). Un vehículo dañado es «bienes o efectos» según el propio apartado. ATENCIÓN A LA SALVEDAD INICIAL, compartida con la sección de lesiones y que es justo el lugar donde estaría un plazo específico de tráfico si existiera: «salvo que, en casos especiales, una ley prescriba un plazo distinto». |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años desde el nacimiento de la acción, y el apartado que lo fija tiene tres palabras: «Salvo que, en casos especiales, una ley prescriba un plazo distinto, las siguientes acciones civiles que no sean para la recuperación de bienes inmuebles solo pueden iniciarse dentro de tres años desde el nacimiento de la acción: … (3) La acción por lesión personal» (§ 15-2-14(3), historia «SDC 1939, § 33.0232 (5); SL 1945, ch 144»). Dakota del Sur fija el plazo de lesiones con esa sola expresión, y NO SE ENCONTRÓ NINGÚN PLAZO ESPECÍFICO DE VEHÍCULOS DE MOTOR en nada de lo leído. |
| Regulador | South Dakota Division of Insurance, Department of Labor and Regulation |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Dakota del Sur →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura En daños personales, la contribución de la propia víctima reduce la indemnización como máximo un 75 % (LRCSCVM art. 1.2); a los menores de 14 años y a las personas sin capacidad no se les reduce nada. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 1 años desde que se conoció el daño [1] Responsabilidad civil por culpa o negligencia (Código Civil art. 1968.2), contado desde que lo supo el agraviado. |
| Plazo para demandar por lesiones | 1 años desde que se conoció el daño [1] Mismo plazo de un año; en lesiones el cómputo empieza con la estabilización de las lesiones, no con la fecha del choque, según jurisprudencia consolidada. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 2 años desde el accidente [2] Acciones derivadas del contrato de seguro: dos años en seguros de daños, cinco en seguros de personas (LCS art. 23). |
| Regulador | Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en España →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) Responsabilidad proporcional: no recuperas nada si tu porcentaje de responsabilidad supera el 50 %; si no, la indemnización se reduce en tu porcentaje (CPRC §§ 33.001, 33.012). |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [1] |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [1] En caso de fallecimiento, los dos años cuentan desde la fecha de la muerte. |
| Regulador | Texas Department of Insurance |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Texas →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 50 %) El reclamante «puede recuperar de cualquier demandado o grupo de demandados cuya culpa, sumada a la de las personas inmunes y a la de los no partes a quienes se atribuya culpa, exceda la culpa de quien reclama» (§ 78B-5-818(2)). Como la culpa de los demás debe exceder la del reclamante, un choque al cincuenta por ciento en Utah no recupera nada, al contrario que en Nevada y Oregón, donde recupera la mitad. Ningún demandado responde más allá de su propia cuota. |
|---|---|
| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [3] Cuatro años, y el Código lo dice dos veces: el § 78B-2-307(3) alcanza «una reclamación por daño a bienes muebles del vehículo de motor de la parte agraviada … o a bienes muebles derivado de un accidente en que intervenga un vehículo de motor», y el § 78B-2-305(1)(c)(ii) saca expresamente las reclamaciones de tráfico —«incluido un accidente entre un vehículo de motor y una bicicleta»— del plazo general de tres años de bienes muebles. Ambas secciones fueron reformadas por la misma ley de 2023. |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [3] La lesión por accidente cae en el plazo residual de cuatro años, «por remedios no previstos de otro modo por la ley» (§ 78B-2-307(4)), porque ninguna sección del capítulo de prescripciones enumera la lesión personal; el capítulo se leyó íntegro para comprobarlo. La acción por muerte por hecho ajeno es la trampa: prescribe a los dos años (§ 78B-2-304(3)), la mitad del plazo de lesiones, por el mismo choque. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [4] «La acción sobre una póliza o contrato escrito de seguro de primera parte debe iniciarse dentro de los tres años siguientes al inicio del siniestro» (§ 31A-21-313(1)(a)): menos que el plazo de cuatro años de responsabilidad civil, y contado desde el siniestro, no desde una denegación. Dos coberturas se exceptúan a cuatro años, cada una con su propia fecha de retroactividad: la de conductores sin seguro desde el 14 de mayo de 2019 (§ 31A-22-305(11)) y la de protección contra lesiones personales desde el 3 de mayo de 2023 (§ 31A-22-307(7)). Ninguna póliza de Utah puede acortarlos: el § 31A-21-313(3)(a) anula la cláusula que limite el plazo «por debajo del autorizado por la ley». En sentido contrario, el § 31A-21-313(4)(a) impide por regla general demandar a la aseguradora para exigir el pago hasta lo primero de estas tres cosas: 60 días desde la prueba del siniestro, la renuncia de la aseguradora a exigirla, o su denegación del pago íntegro. |
| Regulador | Utah Insurance Department |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Utah →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La barrera de Vermont solo opera POR ENCIMA de la negligencia causal combinada de los demandados: «§ 1036. Negligencia concurrente y comparativa. (a) LA NEGLIGENCIA CONCURRENTE NO IMPEDIRÁ LA INDEMNIZACIÓN en una acción de cualquier demandante, o de su representante legal, para obtener daños por negligencia con resultado de muerte, lesión personal o daño a los bienes, SI ESA NEGLIGENCIA NO FUE MAYOR QUE LA NEGLIGENCIA CAUSAL TOTAL DEL DEMANDADO O DE LOS DEMANDADOS, PERO EL DAÑO SE REDUCIRÁ POR VEREDICTO GENERAL EN PROPORCIÓN AL IMPORTE DE NEGLIGENCIA ATRIBUIDO AL DEMANDANTE. CUANDO SE ADMITA LA INDEMNIZACIÓN FRENTE A MÁS DE UN DEMANDADO, CADA DEMANDADO RESPONDERÁ DE LA PROPORCIÓN DEL IMPORTE TOTAL CONCEDIDO EN DAÑOS QUE RESULTE DE LA RELACIÓN ENTRE EL IMPORTE DE SU NEGLIGENCIA CAUSAL Y EL IMPORTE DE NEGLIGENCIA CAUSAL ATRIBUIDO A TODOS LOS DEMANDADOS FRENTE A LOS QUE SE ADMITE LA INDEMNIZACIÓN.» «No mayor que» es la forma del 51 % en la convención de este conjunto de datos, así que UN CHOQUE REPARTIDO AL CINCUENTA POR CIENTO EN VERMONT RECUPERA LA MITAD: EL RESULTADO CONTRARIO AL DE MAINE E IDAHO, VECINOS que excluyen al reclamante con culpa igual, y el mismo grupo que Montana, Iowa, Virginia Occidental, Hawái y Wyoming. TRES RASGOS DEL TEXTO IMPORTAN MÁS ALLÁ DEL UMBRAL. La comparación es con la negligencia causal COMBINADA de los demandados, lo que ayuda al reclamante que se enfrenta a varios. En contra, entre demandados la responsabilidad es PROPORCIONAL Y NO SOLIDARIA —«cada demandado responderá de la proporción del importe total concedido … que resulte de la relación entre el importe de su negligencia causal y el importe de negligencia causal atribuido a todos los demandados frente a los que se admite la indemnización»—, de modo que Vermont no conoce la responsabilidad solidaria en el caso ordinario de negligencia y el reclamante soporta la cuota de un codemandado insolvente. Esa es la IMAGEN ESPECULAR del § 156 de Maine, donde la responsabilidad solidaria subsiste íntegra. Y la reducción se hace «POR VEREDICTO GENERAL», no por veredicto especial como exigen o permiten en distinta medida el § 6-802 de Idaho, el § 663-31(b) de Hawái y el § 32-03.2-02 de Dakota del Norte, de modo que la aritmética se pliega en la única cifra que devuelve el jurado. Un apartado más se hace constar por integridad y por vigencia, y expresamente NO afecta a las reclamaciones de automóvil: «(b) La negligencia concurrente y comparativa quedará prohibida como defensa para limitar la indemnización del demandante en una acción por negligencia relativa a un acto sexual según se define en 13 V.S.A. § 3251 o a una conducta sexual según se define en 13 V.S.A. § 2821», añadido el 22 de abril de 2024, para que nadie crea que la regla comparativa de Vermont cambió hace poco. La regla misma data de 1969, reformada en 1980. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] Tres años: «§ 512. Agresión y vías de hecho; detención ilegal; injuria y calumnia; lesiones a personas o bienes. LAS ACCIONES POR LAS SIGUIENTES CAUSAS SE EJERCITARÁN DENTRO DE TRES AÑOS DESDE QUE NACE LA ACCIÓN, Y NO DESPUÉS: … (5) EL DAÑO A BIENES MUEBLES SUFRIDO POR EL ACTO O LA OMISIÓN DE OTRO.» Vermont es un estado de RELOJ ÚNICO, tres años tanto para el cuerpo como para el coche; pero las dos mitades no comparten desencadenante, y en eso es cuidadosa esta fila. LA MENCIÓN AL DESCUBRIMIENTO DEL APARTADO (4) ESTÁ ANCLADA SOLO A LAS LESIONES A LA PERSONA; EL APARTADO (5) NO LLEVA NINGUNA PRECISIÓN SOBRE EL NACIMIENTO DE LA ACCIÓN, de modo que la reclamación por los bienes corre por la regla general y ESTA FILA NO AFIRMA PARA ELLA UN DESENCADENANTE DE DESCUBRIMIENTO. Reformado por 1967, No. 32, § 2, con efecto desde el 16 de marzo de 1967, y por 1975, No. 248 (Adj. Sess.), § 2. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde que se conoció el daño [2] Tres años y, de forma inusual, DESDE EL DESCUBRIMIENTO SEGÚN EL PROPIO TEXTO LEGAL, que es el detalle que una paráfrasis omite sin falta. «Las acciones por las siguientes causas se ejercitarán dentro de tres años desde que nace la acción, y no después: (1) agresión y vías de hecho; (2) detención ilegal; (3) injuria y calumnia; (4) salvo lo dispuesto de otro modo en este capítulo, LAS LESIONES A LA PERSONA SUFRIDAS POR EL ACTO O LA OMISIÓN DE OTRA PERSONA, ENTENDIÉNDOSE QUE LA ACCIÓN NACE EN LA FECHA DEL DESCUBRIMIENTO DE LA LESIÓN» (12 V.S.A. § 512(4)). Así que Period.from es «discovery» y no «accident», y publicar «accident» para la lesión corporal en Vermont sería erróneo. EL CONTRASTE CON SU VECINO ES EXACTO Y MERECE DECIRSE: el § 5-219(4) de Idaho dice lo contrario para sus propios dos años —la acción nace en el momento del hecho y el plazo «no se prorrogará por razón de consecuencias o daños continuados derivados de ello»—, de modo que los dos estados difieren en el DESENCADENANTE además de en la duración, y una generalización regional falla en ambos sentidos. Nótese la reserva inicial del propio apartado, «salvo lo dispuesto de otro modo en este capítulo», que aquí no se comprobó. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [3] Seis años para la acción sobre la póliza, que llega por el plazo civil residual de Vermont y no por ninguna disposición de seguros: «§ 511. Acción civil. La acción civil, salvo la ejercitada sobre la sentencia o resolución de un tribunal de registro de los Estados Unidos, de este o de otro estado, Y SALVO LO QUE SE DISPONGA DE OTRO MODO, SE EJERCITARÁ DENTRO DE SEIS AÑOS DESDE QUE NACE LA ACCIÓN Y NO DESPUÉS» (reformado por 1959, No. 261, § 3). DOS COSAS QUE ESTA FILA NO AFIRMA SE DICEN EN LUGAR DE DEJARSE IMPLÍCITAS. La reserva «salvo lo que se disponga de otro modo» no se comprobó, y ninguna ley de Vermont leída para esta jurisdicción fija un plazo más corto para una reclamación de primera parte de automóvil; y NO SE EXAMINÓ LA CLÁUSULA DE PLAZO PARA DEMANDAR DE LA PROPIA PÓLIZA, de modo que una cláusula contractual puede acortar los seis años. Nótese además que los treinta días del § 941(g) no son un plazo de prescripción de ninguna clase: son un deber de información a cargo de la aseguradora. |
| Regulador | Vermont Department of Financial Regulation, Insurance Division |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Vermont →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa pura La culpa contributiva imputable al reclamante «reduce proporcionalmente la cantidad concedida como indemnización … pero no impide la recuperación», y la sección no fija umbral porcentual alguno (RCW 4.22.005). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] «Una acción por sustracción, retención o daño a bienes muebles»: tres años (RCW 4.16.080(2)). El apartado (1) de la misma sección trata del deterioro o la intrusión en bienes inmuebles y no es la disposición sobre daños al vehículo. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] El mismo apartado lleva los dos relojes: «cualquier otra lesión a la persona o a los derechos de otro no enumerada más adelante»: tres años (RCW 4.16.080(2)). |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 6 años desde el accidente [2] «Una acción sobre un contrato escrito, o responsabilidad expresa o implícita derivada de un acuerdo escrito»: seis años (RCW 4.16.040(1)). Es el techo legal, no el plazo práctico: rige la cláusula de plazo de demanda de la propia póliza, y el RCW 48.18.200(1)(c) solo prohíbe que esa cláusula baje de un año, anulando lo más corto. Si la cobertura de colisión de una póliza de auto es «seguro de bienes» a efectos de ese apartado —lo que decide si ese año corre desde el nacimiento de la acción o desde la fecha del siniestro— no lo resuelve el texto y aquí no se afirma. |
| Regulador | Washington State Office of the Insurance Commissioner |
Verificado a fecha de10 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Washington →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) Todo el régimen de culpa compartida de Virginia Occidental procede de una única ley de 2015 y no debe describirse como más antiguo. «La culpa imputable al demandante no impedirá su indemnización salvo que la culpa del demandante sea mayor que la culpa combinada de todas las demás personas responsables del importe total de los daños que, en su caso, hayan de concederse. Si la culpa del demandante es menor que la culpa combinada de todas las demás personas, su indemnización se reducirá en proporción a su grado de culpa» (§ 55-7-13c(c)). «Mayor que» es la forma del 51 %, de modo que un choque repartido al cincuenta por ciento recupera la mitad, como en Iowa y al contrario que en Kansas y Nebraska. La comparación se hace con la culpa COMBINADA de todas las demás personas responsables, no con cada demandado. La misma sección hace que la responsabilidad de cada demandado sea «solo individual y … no solidaria», y responda «únicamente del importe de los daños compensatorios asignados a ese demandado en proporción directa a su porcentaje de culpa», con restablecimiento de la solidaridad cuando dos o más demandados «conspiran conscientemente y persiguen deliberadamente un plan o designio común» (§ 55-7-13c(a) y (b)). Dos excepciones importan en un caso de tráfico: el demandado cuya conducta consista en «conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol, de una sustancia controlada o de cualquier otra droga», o en «conducta delictiva», y sea causa próxima de los daños, responde solidariamente de todos modos (§ 55-7-13c(h)). Y si un demandado responsable resulta insolvente, el demandante puede pedir «no más tarde de un año desde la firmeza de la sentencia» que el importe incobrable se reasigne entre los demás por porcentaje de culpa —incluido un demandante con culpa—, aunque nunca contra un demandado cuyo porcentaje «sea igual o inferior al porcentaje de culpa del demandante» (§ 55-7-13c(d)(1)). |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 2 años desde el accidente [2] Dos años «a contar desde que haya nacido el derecho a interponerla, si es por daño a los bienes» (§ 55-2-12(a)). Los dos plazos de Virginia Occidental son de dos años y ambos están en un mismo par de apartados de una sola sección, así que no hay la ambigüedad que en otros estados de este conjunto de datos hubo que corregir. La clase residual de un año del apartado (c) —acciones «de tal naturaleza que, si una parte falleciera, no habrían podido interponerse en el common law por o contra su representante personal»— no alcanza a ninguno de los dos. |
| Plazo para demandar por lesiones | 2 años desde el accidente [2] Dos años «a contar desde que haya nacido el derecho a interponerla, si es por daños por lesiones personales» (§ 55-2-12(b)), en la sección titulada «Acciones personales no previstas de otro modo». Pero el plazo que sorprende en Virginia Occidental no es ninguno de los dos de dos años: el único remedio del reclamante de tercera parte frente a una práctica desleal de liquidación de siniestros es una reclamación administrativa ante el Comisionado de Seguros, y vence en UN AÑO desde el descubrimiento real o presunto; véase el plazo registrado frente a la aseguradora. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 1 años desde que se conoció el daño [5] ESTE NO ES UN PLAZO PARA DEMANDAR: ES EL ÚNICO REMEDIO DEL RECLAMANTE DE TERCERA PARTE, Y ES ADMINISTRATIVO. Virginia Occidental ha suprimido de plano la acción de mala fe de tercera parte: «El reclamante de tercera parte no podrá ejercitar una acción privada ni ninguna otra acción contra persona alguna por una práctica desleal de liquidación de siniestros. El único remedio del reclamante de tercera parte contra una persona por una práctica desleal de liquidación de siniestros o por la liquidación de mala fe de un siniestro es la presentación de una reclamación administrativa ante el Comisionado … El reclamante de tercera parte no podrá incluir alegaciones de prácticas desleales de liquidación de siniestros en ningún litigio principal contra un asegurado» (§ 33-11-4a(a)). La reclamación «se presentará lo antes posible y en ningún caso más tarde de un año desde el descubrimiento real o presunto de la supuesta práctica desleal» (§ 33-11-4a(b)): la mitad del plazo de prescripción de dos años de la reclamación principal, y con otro reloj. Debe indicar la norma infringida si se conoce, los hechos, las personas implicadas y la cláusula de póliza pertinente; si es deficiente, «el Comisionado contactará con el reclamante de tercera parte dentro de quince días desde la recepción de la reclamación para obtener la información necesaria». En esta ronda no se leyó ningún plazo de prescripción de Virginia Occidental para DEMANDAR sobre una póliza de automóvil, y aquí no se indica ninguno. |
| Regulador | West Virginia Offices of the Insurance Commissioner |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Virginia Occidental →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La culpa contributiva no excluye la recuperación «if that negligence was not greater than the negligence of the person against whom recovery is sought», y la indemnización queda «diminished in the proportion to the amount of negligence attributed to the person recovering»; y después llega la frase decisiva: «The negligence of the plaintiff shall be measured separately against the negligence of each person found to be causally negligent» (Wis. Stat. § 895.045(1)). Quien tiene exactamente el 50 % recupera todavía la mitad. El 51 % que aparece en la misma disposición es otra regla por completo: el demandado que alcanza el 51 % o más responde solidariamente de toda la indemnización, y el que queda por debajo solo de su cuota. No es una barrera para el reclamante. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 3 años desde el accidente [2] Tres años, no los seis que rigen los bienes en general, porque el § 893.52(2) excluye la acción «to recover damages for an injury to real or personal property that are caused or sustained by, or that arise from, an accident involving a motor vehicle». Publicar seis sería el doble de lo debido. El plazo corre desde el nacimiento de la acción «or be barred», y la sección no fija regla al respecto. |
| Plazo para demandar por lesiones | 3 años desde el accidente [2] Tres años para la acción por lesiones a la persona, «including an action to recover damages for injuries to the person caused or sustained by or arising from an accident involving a motor vehicle» (Wis. Stat. § 893.54(1m)(a)): la ley nombra expresamente el caso de tráfico, así que no hace falta ningún paso interpretativo. La acción por muerte derivada de un accidente de tráfico es más corta: dos años (§ 893.54(2m)), frente a los tres de las demás acciones por muerte, y más corta que el plazo del propio lesionado que sobrevive al mismo choque. |
| Plazo para demandar a tu propia aseguradora | 3 años desde el accidente [2] Tres años, no los seis generales: «An action upon a motor vehicle insurance policy described in s. 632.32(1) shall be commenced within 3 years after the cause of action accrues or be barred», y la regla de nacimiento de la acción elimina la trampa habitual, porque «a cause of action involving underinsured motorist coverage … or uninsured motorist coverage … accrues on the date there is final resolution of the underlying cause of action by the injured party against the tortfeasor» (Wis. Stat. § 893.43(2)). La póliza no puede acortarlo: ninguna póliza de seguro puede «limit the time for beginning an action on the policy to a time less than that authorized by the statutes», ni fijar el tribunal, ni disponer que no cabe acción alguna (§ 631.83(3)(a)–(c)). Eso sí, hay que esperar: no cabe acción para exigir el pago hasta al menos sesenta días después de la prueba del siniestro (§ 631.83(4)). |
| Regulador | Office of the Commissioner of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Wisconsin →
| Regla de culpa compartida | Culpa comparativa modificada (barrera del 51 %) La barrera de Wyoming solo opera POR ENCIMA del cincuenta por ciento: «La culpa concurrente no impedirá la recuperación en una acción de cualquier reclamante o de su representante legal para obtener la indemnización de daños por muerte por culpa ajena o por lesión a personas o bienes, si la culpa concurrente del reclamante no excede del cincuenta por ciento (50 %) de la culpa total de todos los intervinientes. Toda indemnización que se conceda se reducirá en proporción al importe de culpa atribuido al reclamante» (§ 1-1-109(b)). «No más del cincuenta por ciento» es la forma del 51 % en la convención de este conjunto de datos, así que UN CHOQUE REPARTIDO AL CINCUENTA POR CIENTO EN WYOMING RECUPERA LA MITAD. TRES RASGOS IMPORTAN MÁS QUE EL TITULAR. Primero, el denominador es «la culpa total de TODOS LOS INTERVINIENTES», y «interviniente» se define de modo que incluye a cualquier persona «cuya culpa se determine que fue causa próxima … sea o no parte en el litigio» (§ 1-1-109(a)(i)), por lo que cuenta en la comparación la cuota de un conductor ausente, no identificado o inmune. Segundo, la ley habla de «culpa», definida en (a)(iv) de modo que alcanza la responsabilidad objetiva y por producto, el incumplimiento de garantía, la asunción del riesgo y el uso indebido de un producto, y no solo la negligencia. Tercero —y esta es la consecuencia práctica— WYOMING REPARTE DE FORMA MANCOMUNADA, NO SOLIDARIA: «Cada demandado responde solo en la medida de su proporción de la culpa total» (§ 1-1-109(e)), de modo que un demandado al que se atribuye el treinta por ciento paga el treinta por ciento y el reclamante soporta el desfase si un codemandado no puede pagar. El tribunal debe «ordenar al jurado que determine el importe total de los daños sufridos por el reclamante sin atender al porcentaje de culpa que se le atribuya, y el porcentaje de culpa atribuible a cada interviniente» y debe «informar al jurado de las consecuencias de su determinación del porcentaje de culpa» (§ 1-1-109(c)(i)), justo lo contrario del § 20-9-2 de Dakota del Sur, que prohíbe revelar el porcentaje del demandante mediante interrogatorio especial. |
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| Plazo para demandar por daños al vehículo | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años desde el nacimiento de la acción: «Las acciones civiles que no sean para la recuperación de bienes inmuebles solo pueden ejercitarse dentro de los siguientes plazos desde que nace la acción: … (iv) Dentro de cuatro (4) años, la acción por: … (B) La recuperación de bienes muebles o por tomar, retener o dañar bienes muebles» (§ 1-3-105(a)(iv)(B)). WYOMING ES UN ESTADO DE RELOJ ÚNICO PARA UN CHOQUE: la lesión y el daño al vehículo comparten un mismo plazo de cuatro años EN EL MISMO APARTADO, algo lo bastante inusual como para decirlo con claridad, porque la mayoría de los estados los separan. |
| Plazo para demandar por lesiones | 4 años desde el accidente [2] Cuatro años desde el nacimiento de la acción, y WYOMING NO NOMBRA NINGÚN PLAZO PROPIO DE «LESIÓN PERSONAL»: la reclamación por lesiones encaja en la cláusula extracontractual residual: «(iv) Dentro de cuatro (4) años, la acción por: … (C) Una lesión a los derechos del demandante que no nazca de contrato y no esté aquí enumerada» (§ 1-3-105(a)(iv)(C)). Atención a la excepción que hace de los cuatro años el plazo específico de la NEGLIGENCIA: el apartado (v) concede solo un año para la agresión, la injuria y la calumnia. |
| Regulador | Wyoming Department of Insurance |
Verificado a fecha de11 de septiembre de 2026 · Reclamaciones al seguro de auto en Wyoming →
Preguntas frecuentes
Nuestra aseguradora pagó y después recuperó del otro conductor. ¿Nos devuelven la franquicia?
Habitualmente una parte, y habitualmente en proporción a lo recuperado y no íntegra. Cuando la aseguradora recupera todo lo que pagó, la franquicia suele volver con ello; cuando la responsabilidad fue compartida, o la recuperación se cerró con descuento, la mayoría de los esquemas devuelven la franquicia en la misma proporción. Es una cuestión de condicionado y conviene leerla antes de que surja. El fallo práctico no es la proporción sino el silencio: las recuperaciones se completan meses después de que todos hayan dejado de pensar en el incidente, y una devolución de franquicia que nadie espera es un cobro que nadie persigue. Pregunta, una vez por trimestre, qué expedientes cerrados tienen recuperaciones abiertas.
Nuestro contrato con un cliente dice que renunciamos a la subrogación frente a él. ¿Es un problema?
Puede ser dos problemas. El primero es comercial: has aceptado que si ese cliente daña tu vehículo ni tú ni tu aseguradora lo van a perseguir, así que la pérdida se queda contigo. El segundo es contractual con tu propia aseguradora: muchas pólizas exigen al asegurado conservar los derechos de recuperación y no hacer nada que los perjudique, y firmar una renuncia después de un siniestro puede ser un incumplimiento incluso donde firmarla antes esté permitido. Renuncias de este tipo son habituales en arrendamientos, en acuerdos de acceso a instalaciones y en contratos de logística, y con frecuencia las firma alguien que nunca ha leído la póliza de auto. El arreglo que funciona es comunicar a tu aseguradora o a tu corredor qué renuncias has concedido, por adelantado, y hacer que la póliza las admita mediante suplemento.
Se ha presentado una reclamación contra la empresa. ¿Quién habla por nosotros?
Una sola persona designada, y no el conductor. Comunicada la reclamación, la mayoría de las pólizas atribuyen a la aseguradora la dirección de la defensa y te imponen un deber de colaborar y de no reconocer responsabilidad ni transigir sin su consentimiento, lo que significa que un responsable de operaciones que se disculpa por escrito para conservar una relación comercial puede afectar a la cobertura. Designa un contacto único para el expediente, encamina hacia él toda carta, llamada y requerimiento, e instruye a conductores y mandos para que remitan en lugar de explicar. Al mismo tiempo, conserva todo: un bloqueo escrito de telemática, grabaciones, historial de mantenimiento, expediente del conductor y parte interno de incidente, emitido el día en que llega la reclamación, porque los ciclos de borrado por defecto de esos sistemas son indiferentes al litigio.
Esta guía explica cómo funcionan en general las reclamaciones al seguro de auto. No es asesoría legal, no crea una relación abogado-cliente y no expresa la posición de ninguna aseguradora ni regulador. Las reglas cambian y varían según la jurisdicción; consulta la norma citada y, cuando haya dinero o lesiones en juego, acude a un profesional habilitado en tu jurisdicción.